El pliego del proceso POLICIA NACIONAL-CCC-CP-2024-0142, fechado el 17 de octubre de 2024, establece las condiciones para adquirir inyectores, turbos y motorcitos de turbo, con un valor referencial de RD$5,300,652.33 y recepción de ofertas prevista para el 1 de noviembre de 2024. Fija evaluación técnica y económica bajo cumple/no cumple y adjudicación al menor precio entre las ofertas conformes. Según el portal, JCG Comercial, SRL figura como adjudicataria y tiene un contrato registrado por RD$5,300,652.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige muestras obligatorias y la tabla asigna a varias muestras la misma cantidad que se adquiriría, por ejemplo diez inyectores y tres turbos por modelo. Si las cantidades tabuladas son las que debe entregar cada oferente como muestra, el costo y la disponibilidad requeridos podrían restringir la participación; conviene confirmar la cantidad efectivamente exigida.
“Todo Oferente/Proponente que no haya entregado las muestras requeridas será descalificado en el renglón que corresponda. Inyectores p/camionetas Nissan Frontier 2023 original 10 UD Obligatoria”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego pide piezas originales para modelos y año específicos de vehículos y no incluye «o equivalente». La compatibilidad puede justificar precisión técnica, pero la exigencia sin equivalencia aparente merece revisión para determinar si limita la competencia a distribuidores de piezas originales, conforme a las especificaciones funcionales necesarias.
“Inyectores p/camionetas Nissan Frontier 2023 original 10 Inyectores p/camionetas Ford Ranger 2023 original”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La regla declara como límite un endeudamiento menor de 1.50, pero a continuación presenta condiciones de cumplimiento e incumplimiento incompatibles con ese límite. La ambigüedad puede afectar la evaluación uniforme de la capacidad financiera de los oferentes.
“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El pliego marca como no subsanable toda la documentación técnica, que incluye las certificaciones de experiencia. El artículo 120 del Reglamento considera subsanables los documentos relativos a credenciales si el requisito existía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad, por lo que esta regla podría excluir ofertas por una omisión documental subsanable.
“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable … 3) Certificaciones de experiencia, con las siguientes informaciones: nombre de la entidad contratante, el Contratista, el objeto de la compra, las fechas de inicio y finalización, el cargo”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El cronograma de entregas señala el 19 de noviembre de 2024, mientras que otra cláusula exige entregar todos los bienes antes del 11 de noviembre de 2024, fecha prevista para la adjudicación y anterior a la suscripción del contrato programada para el 19 de noviembre. La contradicción deja incierto el plazo de cumplimiento.
“Inyectores p/camionetas Nissan Frontier 2023 original 10 19/11/2024 … El adjudicatario(a) entregará/ prestará los bienes adjudicados antes del 11/11/2024 en el En Departamento Repuestos y suministros, ubicada en la Av. Jaco Majluta de la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El portal registra un contrato de RD$5,300,652, frente al valor referencial de RD$5,300,652.33 consignado en el pliego. La diferencia de RD$0.33 es compatible con redondeo, pero la coincidencia casi exacta es un dato útil para contrastar con la oferta económica y la evaluación de precios del expediente.
“El valor referencial para esta compra asciende a Cinco millones trescientos mil seiscientos cincuenta y dos pesos con 33/100 (RD$ (5,300,652.33), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona