El Acta núm. 217/2024, fechada el 6 de septiembre de 2024, inicia el expediente ETED-CCC-LPN-2024-0010, aprueba la Licitación Pública Nacional y valida el pliego y las fichas técnicas para adquirir siete tipos de cables multiconductores. Consigna un presupuesto de RD$37,586,770 y designa peritos de las áreas de mantenimiento, financiera y jurídica. La convocatoria del proceso se publicó el 15 de octubre de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La relación de asistentes incluye a Tomás Lorenzo Roa y a Siara Ivette Gómez Vilchez, esta última en representación de Jenniffer Herrera Grullón; en las firmas transcritas no aparece Tomás y sí aparece Jenniffer. Aunque el acta afirma que hubo quórum, la diferencia merece comprobarse contra el registro de asistencia, las delegaciones y las funciones con que se deliberó y firmó.
“Dr. Tomás Lorenzo Roa, en calidad de Asesor Legal; Ing. Mercedes Arias Domínguez, Lic. Miguel A. Puente Hernández y Siara Ivette Gómez Vilchez en representación de la Lic. Jenniffer Herrera Grullón, en calidad de miembros… En representación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
El acta del 6 de septiembre de 2024 declara aprobados el pliego y las fichas técnicas; sin embargo, los documentos del proceso identificados en el expediente aparecen fechados el 30 de septiembre y el 14 de octubre. Conviene verificar qué versiones fueron examinadas y aprobadas en la reunión y si coinciden con las que rigieron la convocatoria.
“SEGUNDO¡ VALIDAR Y APROBAR, como al efecto valida y aprueba, el Pliego de Condiciones y las Fichas Técnicas, elaborados para el objeto del referido procedimiento.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 70 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 70 — Pliego de condiciones estándar
Artículo 70. Pliego de condiciones estándar. La Dirección General de Contrataciones Públicas elaborará los modelos de pliego de condiciones, que contendrán los aspectos generales o centralizados y los aspectos específicos, y serán de utilización obligatoria por parte de los entes y órganos contratantes. Párrafo I. Los pliegos de condiciones estándar deberán ser adaptados para cada procedimiento de selección, por las respectivas unidades operativas de contrataciones, considerando los requerimientos efectuados por las unidades requirentes, los resultados de los estudios previos y las necesidades institucionales. Párrafo II. Los pliegos de condiciones elaborados por los peritos, para ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona