El pliego de octubre de 2024 establece las bases de un procedimiento de urgencia para adecuar el Mercado Municipal de La Vega, dividido en un lote cuyo valor se fija en RD$25,968,072.75, con ejecución prevista en un mes y convocatoria dirigida a MIPYMES del municipio. Define requisitos financieros y técnicos, evaluación combinada con ponderación 70/30 y adjudicación por mayor puntaje; también contiene una regla de desempate por sorteo y referencias internas a otro procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige domicilio comercial y registro mercantil en el municipio, además de dirigir el procedimiento a MIPYMES de La Vega. La delimitación territorial puede reducir quiénes pueden competir; conviene verificar su justificación y proporcionalidad frente al objeto.
“El oferente deberá tener su domicilio comercial ubicado en el Municipio de La Vega. Deberá estar registrado en el Municipio de La Vega.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 158 — Razonabilidad de las condiciones exigidas
Artículo 158. Razonabilidad de las condiciones exigidas. Se respetará como principio general que los plazos y requisitos para la presentación de ofertas, entrega de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, serán razonables de acuerdo con la capacidad de respuesta del sector, de manera tal que no se constituyan en una barrera que impidan o limiten su participación.
Se exigen estados financieros comparativos y auditados de 2022 y 2023, junto con umbrales de solvencia, liquidez y endeudamiento cuyo incumplimiento acarrea descalificación automática. Por su efecto excluyente, corresponde revisar si estas exigencias son proporcionales al valor y complejidad de la obra y a la convocatoria local a MIPYMES.
“Estados Financieros Comparativos y Auditados de ejercicios fiscales de los años 2022 y 2023. El no cumplimiento de uno de estos indicadores y/o valores constituirá una descalificación automática sin mediar tramite.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego dispone que todo empate se resuelva mediante sorteo. El artículo 131 del Reglamento prevé primero criterios de desempate vinculados a inclusión, medioambiente o subcontratación MIPYME; el sorteo opera si no hay ofertas con esas propuestas o si el pliego no fija criterio. La regla puede afectar el resultado en caso de empate.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, El Comité de Compras y Contrataciones procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatad”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Aunque la portada identifica el proceso de urgencia del mercado municipal, las secciones sobre alcance y órgano responsable remiten a la construcción de distintas obras y a la referencia AYUNTAMIENTOLAVEGA-*CCC-CP-2024-0016. Es una inconsistencia que puede generar dudas sobre qué expediente y reglas rigen esas disposiciones.
“con el número de Referencia AYUNTAMIENTOLAVEGA-CCC-CP-2024-0016”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Brayker Elías Mancebo MatosEl portal registra una oferta cargada y pendiente; el pliego no consigna una decisión de habilitación o adjudicación para este oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona