La Resolución MIVHED/CCC/2024/205, del 10 de octubre de 2024, inicia el proceso MIVHED-CCC-CP-2024-0018 mediante Comparación de Precios para una obra estimada en RD$116,253,802.07 y aprueba el pliego y la designación de peritos. Consigna que la apropiación presupuestaria será por RD$23,250,760.42, equivalente al 20% del monto presupuestado. El dispositivo identifica el proceso como 0018, pero consigna el pliego aprobado con referencia 0017.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución indica que la apropiación presupuestaria será de RD$23,250,760.42, el 20% del monto presupuestado de RD$116,253,802.07. El artículo 69 exige saldo suficiente para cubrir el monto de la contratación que será pagado durante el año; conviene verificar el calendario de pagos y si los fondos certificados cubrían las obligaciones previstas para ese período.
“Que luego de la integración del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), con el Sistema de información de Gestión Financiera (SIGEF), la apropiación pres”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El dispositivo aprueba el proceso con referencia MIVHED-CCC-CP-2024-0018, pero identifica el pliego aprobado como MIVHED-CCC-CP-2024-0017. Aunque ambos enunciados describen el mismo objeto, corresponde verificar que la referencia del pliego sea una errata y que el documento aprobado sea el que rigió la competencia.
“APROBAR como al efecto APRUEBA el proceso para la contratación de la “Construcción de la verja perimetral e instalaciones eléctricas del conjunto logístico y administrativo de la Policía Nacional”, se realice mediante el procedimiento de Co”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona