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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego FIDEICOMISO-CCC-LPN-2024-000X ROPA.pdf

Adquisición de textiles para los empleados de las estaciones de peajes del FIDEICOMISO RD VIAL · FIDEICOMISO Vial RD

Publicado el 10 oct de 2024Fechado el 9 oct de 202474 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso FIDEICOMISO-CCC-LPN-2024-0008

Lo que dice

El pliego, fechado el 10 de octubre de 2024, establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional FIDEICOMISO-CCC-LPN-2024-0008 para adquirir textiles en 24 ítems, con valor referencial de RD$17,196,352.40 y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos. Regula, entre otros aspectos, muestras físicas, requisitos de experiencia y solvencia, entregas en dos partidas y un filtro de ofertas cuyo precio se aparte del presupuesto referencial.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Plazos de entrega incompatibles entre sí

Documento del 10 oct 2024 · hace 2 años

El pliego fija un máximo de 30 días para entregar los bienes, pero dispone una segunda partida 30 días después de la primera y, a la vez, sitúa ambas entregas dentro de un máximo de 30 días desde la notificación del contrato. La contradicción puede dificultar que los oferentes calculen y comprometan un plazo común de ejecución.

“El (o los) bien (es) deberá(n) entregarse dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en este pliego (y sus anexos) así como en los cronogramas de trabajo presentados por el (la) proveedor (a) aprobados por la institución”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito de actividad RPE descrito como preferible y obligatorio

Documento del 10 oct 2024 · hace 2 años

La descripción del objeto presenta la actividad comercial 53100000-Ropa como preferible, mientras que la lista de credenciales exige que esté inscrita en el RPE. La diferencia entre ambas formulaciones deja incierto si carecer de esa actividad implica incumplimiento habilitante.

“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Muestras de los 24 ítems pese a permitir ofertas parciales

Documento del 10 oct 2024 · hace 2 años

El pliego permite ofertar uno o varios ítems, pero también exige muestras de los ítems 1 al 24 con la oferta. Leído literalmente, quien oferte solo por algunos ítems tendría que presentar muestras de artículos que no oferta, lo que puede aumentar la carga de participación sin relación con esos ítems.

“Los oferentes podrán ofertar por uno o todos los ítems, sin embargo, deberán ofertar la totalidad de las especificaciones en cada ítem en los que desee participar … Los Oferentes/Proponentes deberán entregar las muestras solicitadas de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

El pliego califica como temeraria también la oferta superior en más de 10% al presupuesto

Documento del 10 oct 2024 · hace 2 años

El pliego dispone que una oferta superior en más de 10% al presupuesto base o valor referencial se considere no sustentable o temeraria y no se tome en cuenta para la adjudicación. El artículo 130 del Reglamento 416-23 dirige ese análisis a precios anormalmente bajos y su Párrafo II prevé la diferencia porcentual a la baja, de modo que la aplicación del rótulo a precios altos excede el marco previsto; el propio pliego exige agotar el debido proceso de ese artículo antes de descalificar.

“Si el precio de la oferta es inferior en más de un quince por ciento (15%) o es superior en más de un diez por ciento (10%) en relación al presupuesto base o valor referencial del lote o ítem, o del presupuesto general si es un único lote, ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Otros documentos del proceso (24)

  • Anexo 2. ESTUDIO PREVIO DE TEXTILES.pdfEstudio previo · 10 oct de 2024 · 1 señal
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  • Dictamen juridico.pdfPliego · 10 oct de 2024
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Circular de respuestas a oferentes FIDEICOMISO-CCC-LPN-2024-0008.pdf
Circular · 14 nov de 2024 · 1 señal
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