El informe pericial, fechado el 7 de octubre de 2024, justifica la urgencia del suministro de oxígeno y CO₂ por el aumento de la demanda, el bajo nivel de existencias y el riesgo para la atención de pacientes. Consigna un consumo de aproximadamente RD$20,000,000 en el último año y menciona que el hospital mantiene desde hace más de 25 años un contrato de suministro con Air Liquide S.A.S. También refiere que dos procedimientos anteriores de exclusividad no pudieron concluirse por errores en las ofertas y en el Portal Transaccional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (7 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe cifra en aproximadamente RD$20,000,000 el consumo del último año, igual al monto estimado para este proceso según el portal. Ese dato apunta a una necesidad recurrente; junto con la ausencia de un acontecimiento súbito concreto en el texto, merece verificar el sustento de la urgencia y su imprevisibilidad.
“En el último año, el consumo de gases médicos ha alcanzado aproximadamente 20 millones de pesos dominicanos, lo que refleja la alta dependencia del hospital en la disponibilidad continua de oxígeno y dióxido de carbono (CO₂)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
El informe, fechado el 7 de octubre de 2024, afirma que los procedimientos HSBG-CCC-PEEX-2024-0001 y 0003 no pudieron concluirse. Según el contexto del portal, el proceso 0001 fue adjudicado y celebrado el 4 de julio de 2024, mientras el 0003 fue declarado desierto; la discrepancia merece verificarse porque integra la justificación de la urgencia.
“En vista de los procedimientos de exclusividad publicados en tiempo prudente (Ref. HSBG-CCC-PEEX-2024-0001 y HSBG-CCC-PEEX-2024-0003), los cuales no han podido concluirse debido a errores en la presentación de ofertas económicas y humanos e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
El informe vincula la continuidad del suministro y el funcionamiento de tanques y tuberías con un contrato de más de 25 años con Air Liquide S.A.S. Es un dato pertinente para revisar si las condiciones técnicas del proceso permiten competencia efectiva y alternativas compatibles; el informe no establece por sí mismo una restricción.
“El hospital actualmente cuenta con un contrato de suministro de más de 25 años con la empresa Air Liquide S.A.S., la cual ha cumplido satisfactoriamente con sus obligaciones de manera ininterrumpida.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Air Liquide S.A.S.El informe la identifica como proveedora de un contrato de suministro de más de 25 años; no la identifica expresamente como oferente de este proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona