La certificación, fechada el 8 de octubre de 2024, acredita apropiación presupuestaria para adquirir una unidad de equipo de facoemulsificación por RD$5,300,000.00 y reserva fondos para el período enero-diciembre de 2024. Indica como modalidad la Comparación de Precios y marca la adquisición como planificada.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El texto atribuye la certificación a Jesús Miguel Ozuna Paulino como encargado administrativo-financiero, pero al pie identifica a Kelvin Modesto Segura Herasme como administrador financiero. La diferencia merece verificarse contra la firma y la autorización de ambos, pues el documento no permite establecer por sí solo quién emitió la certificación.
“Yo, (Jesús Miguel Ozuna Paulino), en mi calidad de Encargado(a) Administrativo-Financiero del (Hospital General De Especialidades Dr. Mario Tolentino Dipp), ... Kelvin Modesto Segura Herasme Administrador Financiero HDMTD” (pág. 1, escaneada)
La certificación declara que la compra está planificada, mientras que el cruce del PACC aportado para 2024 indica que no hay renglones del mismo tipo de bien en ese plan. Como el cruce es por tipo de bien y no prueba por sí solo que este proceso concreto debía constar allí, corresponde verificar la planificación registrada.
“Planificada: Sí” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 38 · Reglamento 416-23, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 38
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)
Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona