Certificación del monto ampliado posterior a la convocatoria
· hace 2 años
El portal registra la convocatoria el 4 de octubre y esta certificación acredita RD$16,518,346.00 el 8 de octubre. Según el resumen de otro documento del expediente, había una certificación anterior por RD$11,100,000; conviene verificar cuándo se respaldó presupuestariamente la ampliación al monto final, pues el reglamento dispone que no se convoque sin certificación de apropiación.
“FECHA: martes 08 de octubre, 2024 ... RD$16,518,346.00, Dieciséis Millones Quinientos Dieciocho Mil, Trecientos Cuarenta y Seis Pesos con 00/100”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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