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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES ESTANDAR TALLER DE INTEGRACION Y SALUD MENTAL 2.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y ALQUILER DE SALÓN DE EVENTOS PARA LA REALIZACIÓN DEL TALLER DE INTEGRACIÓN Y SALUD MENTAL. · Instituto Dominicano de la Prevención y Protección de Riesgos Laborales

Publicado el 7 oct de 202437 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IDOPPRIL-CCC-CP-2024-0010

Lo que dice

El pliego fija para IDOPPRIL-CCC-CP-2024-0010 una comparación de precios dirigida a MIPYME Mujer, convocada el 8 de octubre de 2024, con presupuesto base de RD$5,300,000.00 y ofertas previstas para el 16 de octubre. El servicio corresponde a un taller para 600 personas, previsto para el 9 y 10 de noviembre de 2024. El texto incluye una descripción presupuestaria de consultoría actuarial ajena al objeto y exige, entre otros requisitos, tres certificaciones de servicios similares y un índice de solvencia superior a 1.20.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.3 millones

Presupuesto descrito para un servicio distinto

Documento del 7 oct 2024 · hace 2 años

El apartado del presupuesto base lo atribuye a una consultoría actuarial y de gestión de riesgos laborales, aunque el objeto del proceso es el alquiler de salón y los servicios para un taller. La discrepancia merece verificar que el valor referencial y su sustento correspondan al objeto convocado.

“El presupuesto base para la contratación de servicios de consultoría especializada en actuarial y gestión de riesgos laborales, asciende a CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,300,000.00)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Penalidad diaria de 5 % sin límite indicado

Documento del 7 oct 2024 · hace 2 años

El pliego establece una penalidad del 5 % por cada día de retraso sobre el monto a pagar por el tiempo sin prestación y no indica un límite acumulado. Conviene verificar cómo se aplicaría y cuál sería su exposición máxima en el contrato.

“En caso de mora por parte del(la) proveedor(a) en la ejecución de los servicios sin causa justificada, el IDOPPRIL podrá establecer una penalidad de un cinco por ciento (5 %) por cada día de retardo, aplicado al monto a pagar por el tiempo ”
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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia mínima y solvencia como filtros de acceso

Documento del 7 oct 2024 · hace 2 años

Para un procedimiento dirigido a MIPYME Mujer, el pliego exige al menos tres certificaciones de servicios similares de los últimos dos años y solvencia superior a 1.20, además de estados financieros y referencias bancarias. Conviene comprobar que estos requisitos sean proporcionales al objeto y no limiten innecesariamente la participación de MIPYMES.

“Mínimo 3 certificación de entrega satisfactoria de procesos similares, de los últimos dos (2) años.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito de elegibilidad ambiguo

Documento del 7 oct 2024 · hace 2 años

El pliego incluye «Ser beneficiario del Estado» entre las credenciales, pero no define qué condición o documento acreditaría ese requisito. Esa ambigüedad puede dificultar que los oferentes sepan cómo cumplirlo y cómo será evaluado.

“14) Ser beneficiario del Estado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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ContextoHallazgo en documentos

Una sola oferta registrada en el portal

Documento del 7 oct 2024 · hace 2 años

El portal registra una oferta de Winpe Group, SRL. El pliego prevé adjudicar si se presenta una sola oferta, siempre que cumpla los requisitos; la baja concurrencia es un dato para revisar junto con la difusión y participación efectiva, no una irregularidad establecida por sí sola.

“Si se presentase una sola Oferta, ella deberá ser considerada y se procederá a la Adjudicación, si habiendo cumplido con lo exigido en el Pliego de Condiciones Específicas, se le considera conveniente a los intereses de la Institución.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Winpe Group, SRLEl contexto del portal registra el proceso adjudicado y celebrado y un contrato confirmado y cerrado.Adjudicado—RD$5,299

Otros documentos del proceso (11)

  • SOLICITUD 0010.pdfSolicitud de compra · 7 oct de 2024 · 1 señal
  • REQUERIMIENTO 0010.pdfPliego · 7 oct de 2024 · 1 señal
  • OPINION LEGAL 0010.pdfDocumento · 7 oct de 2024
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 7 oct de 2024
  • CONVOCATORIA 0010.pdfDocumento · 7 oct de 2024
  • ESPECIFICACIONES TECNICAS 0010.pdfPliego · 7 oct de 2024 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 7 oct de 2024
  • ACTA ADM 0010.pdfActa · 7 oct de 2024
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 7 oct de 2024
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 7 oct de 2024
  • contrato-ejecucion-de-servicios-firma-digital.docxContrato · 7 oct de 2024

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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