El alcance informado por OGTIC difiere del proceso publicado
· hace 2 años
El informe describe seis switches de fibra de 16 puertos y cinco switches de 48 puertos, además de impresora de inyección de tinta, gabinetes, teclados, mouse, impresoras adicionales y UPS. El portal registra un switch de fibra, tres switches RJ45 y una impresora láser a color, entre otros artículos; esta divergencia merece verificarse porque el informe concluye que revisó y validó las especificaciones técnicas del requerimiento.
“A groso modo se solicita: - 6 Switch de 16 puertos de fibra Óptica compatibles con switch cisco de acceso; incluyendo 16 SPF para fibra; configuración, puesto en uso; garantía de 36 meses en piezas y servicios ... - 1 Impresora: Inyección d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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