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Abriendo la ficha…

Informe pericial

PERITOS ACTA DE INICIO20240930_13384292.pdf

ADQUISICION DE MATERIAL DE RELLENO GRIS · Ayuntamiento Municipal Concepción de la Vega

Publicado el 30 sept de 2024Fechado el 25 sept de 20244 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNTAMIENTO LA VEGA-CCC-CP-2024-0018

Lo que dice

El acta, fechada el 26 de septiembre de 2024, aprueba por unanimidad la comparación de precios y los términos de referencia para adquirir 22,192 m³ de material gris destinado a nivelar calles y acondicionar caminos. Designa como peritos a Yakira Paola De Moya, Oscar Rafael Franco Marte y Richard Bonilla, y ordena publicar el acta. El monto referencial indicado en los datos del proceso es RD$5,326,080, dentro del rango de comparación de precios para bienes de 2024.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

El acta identifica un comité de cuatro integrantes

Documento del 30 sept 2024 · hace 2 años

El documento describe el Comité como compuesto por cuatro personas; el Reglamento establece una conformación de cinco miembros. Aunque el acta afirma que hubo quórum, conviene verificar si existía una situación de sustitución o una estructura institucional que explique la composición consignada.

“se reunieron los miembros del Comité de Compras y Contrataciones de este Cabildo Vegano, compuesto por los señores: Lic. Danny Rafael Holguín, Gerente Operativo, (Presidente del Comité); Lic. Miguel Alejandro Eduardo Ramírez, en representac”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones

Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones

Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Fundamentos citados con numeración que no corresponde a la regla descrita

Documento del 30 sept 2024 · hace 2 años

El acta atribuye la definición de comparación de precios al artículo 16, numeral 1, de la Ley 340-06, aunque esa modalidad figura en el numeral 4; también atribuye al artículo 71 del Reglamento la regla de designación de peritos, mientras que esta se encuentra en el artículo 8. El monto referencial sí está dentro del umbral de comparación de precios de 2024, por lo que estas referencias equivocadas no cambian por sí solas la modalidad aprobada.

“Que el artículo , numeral 1 de la ley sobre Compras y Contrataciones de bienes, servicios y obras y concesiones y sus modificaciones estipula que, Comparación de Precios: Es una amplia convocatoria a las personas naturales o jurídicas inscr”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 16

ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones

Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…

Otros documentos del proceso (5)

  • CERTIFICACION DE FONDOS20240930_13352384.pdfCertificación de fondos · 30 sept de 2024 · 1 señal
  • OFICIO20240930_13335243.pdfSolicitud de compra · 30 sept de 2024 · 2 señales
  • ACTA CONVOCATORIA_0001.pdfActa · 1 oct de 2024 · 1 señal
  • DICTAMEN JURIDICO_0001.pdfPliego · 1 oct de 2024
  • PLIEGO.pdfPliego · 1 oct de 2024 · 6 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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