La integración del Comité requiere verificación
· hace 2 años
El acta identifica cuatro personas como miembros y a Patricia Gómez Abreu como asesora legal, aunque declara presente a la totalidad del Comité. El artículo 9 del Reglamento 416-23 prevé cinco miembros, incluido el titular del área jurídica; conviene verificar si la asesora fue formalmente integrante con voz y voto o si la composición consignada corresponde a otra designación.
“Lic. José Miguel González Cuadra, director ejecutivo, presidente; Lic. Daniel Enrique Quiñones, director Administrativo y Financiero, miembro; Licda. Wanda Valeria Valdez Alcántara, encargada de Libre Acceso a la Información Pública, miembr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
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