El pliego establece las condiciones de la segunda convocatoria de EDENORTE para contratar por un año un servicio de recuperación ante desastres para al menos 78 servidores. Fija un presupuesto base total de RD$5,321,782.46, impuestos incluidos, y prevé adjudicar a la oferta de menor precio entre las que cumplan los requisitos técnicos. La convocatoria del proceso fue publicada el 27 de septiembre de 2024; el portal registra como adjudicataria a Wireless Solutions Dominicana WSD, SRL, por RD$5,123,808.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso figura en el portal como no reservado a MIPYMES, pero el pliego incluye la certificación MIPYME entre las credenciales legales evaluadas para los oferentes. Si se aplica como requisito obligatorio, puede excluir a empresas que no tengan esa condición sin que la convocatoria esté dirigida exclusivamente a ellas.
“Copia de la certificación otorgada por el Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes, que lo acredita como pequeña o mediana empresa.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego exige acreditar que el oferente está al día en el pago de electricidad, aunque el objeto es un servicio de recuperación ante desastres. La vinculación de la factura con el oferente, su representante o ciertos socios no demuestra por sí misma capacidad para ejecutar el servicio y puede añadir una barrera de participación ajena al objeto.
“Copia de la última factura de energía eléctrica donde se evidencie que el Oferente se encuentra al día en el pago del servicio.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Se exige que los centros de datos estén en al menos dos países de Latinoamérica. Aunque la redundancia geográfica puede ser pertinente para recuperación ante desastres, el pliego no explica por qué deben ser específicamente países de esa región; conviene verificar el sustento técnico y el efecto sobre las soluciones disponibles.
“Documentación que acredite la ubicación de los datacenters del servicio ofertado, los cuales deben ser al menos dos (2) países dentro de la región Latinoamérica.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El contrato previsto es para un servicio, pero el pliego condiciona la devolución de la garantía de fiel cumplimiento a presentar además una garantía de vicios ocultos. El Reglamento prevé esta última garantía para contratos de construcción de obras, por lo que corresponde revisar la aplicación de esa condición al servicio contratado.
“La garantía de fiel cumplimiento será devuelta luego de la recepción conforme del servicio incluidas las obligaciones de seguridad social y tras ser constituida y presentada la garantía de vicios ocultos a favor de la institución contratant”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 206 · Reglamento 416-23, art. 193 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 206 — Garantía contra los vicios ocultos
Artículo 206. Garantía contra los vicios ocultos. Esta garantía aplica para los contratos cuyo objeto sea la construcción de obras, donde el proveedor al momento de realizar la entrega de la obra ejecutada deberá presentar la garantía a favor de la institución contratante.
Reglamento 416-23, artículo 193 — Tipos de garantía
Artículo 193. Tipos de garantía. Los oferentes y los adjudicatarios, según corresponda, deberán presentar garantías para asegurar lo siguiente: 1. El mantenimiento y seriedad de la oferta. 2. El fiel cumplimiento del contrato u orden de compra o servicio. 3. El buen uso del anticipo. 4. Que no existan vicios ocultos en la obra entregada.
APLEX SECURITY, S.R.L.El pliego la menciona como invitada en la primera convocatoria, proceso EDENORTE-CCC-CP-2024-0014; no la identifica como oferente de esta segunda convocatoria.
Mencionado
—
—
INGENIERIA EN SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES AGML, S.R.L.El pliego la menciona como invitada en la primera convocatoria, proceso EDENORTE-CCC-CP-2024-0014; no la identifica como oferente de esta segunda convocatoria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona