El Comité del INEFI aprobó el inicio del procedimiento de Contratación Simplificada para contratar autobuses para las actividades del cuarto trimestre, exclusivo para MIPYMES, con presupuesto informado de RD$5,000,000.00. El acto, fechado el 2026-09-11, designó tres peritos y ordenó iniciar la convocatoria del proceso INEFI-CCC-CP-2026-0047.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto aprueba iniciar la contratación, pero el plan anual 2026 proporcionado no contiene un renglón del mismo tipo de servicio. La Ley prevé que toda contratación conste en el plan; conviene verificar si el plan fue modificado para incorporar esta necesidad.
“PRIMERO: APROBAR el inicio del procedimiento de Contratación Simplificada establecido en la Ley , sobre Contrataciones Públicas y su Reglamento de Aplicación para "SOLICITUD DE AUTOBUSES PARA LAS ACTIVIDADES DEL 4to. TRIMESTRE (ORDEN ABIERT”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
El acto informa que procede interponer directamente un recurso jerárquico. La Ley dispone que la actuación recurrible debe impugnarse primero mediante reconsideración y que el recurso jerárquico impropio procede contra la resolución que decide esa reconsideración; la indicación podría generar confusión sobre la vía de impugnación.
“CUARTO: INFORMAR que este acto administrativo del Comité de Contrataciones Públicas puede ser recurrible en la sede administrativa, a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de 10 días”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 204 · Ley 47-25, art. 207 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 204 — Recurso de reconsideración
Artículo 204.- Recurso de reconsideración. Toda actuación recurrible en virtud de la presente ley deberá, en primer lugar, ser impugnada mediante un recurso de reconsideración ante el órgano responsable del proceso.
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona