El Acta núm. 020/2026, fechada el 7 de septiembre de 2026, autoriza iniciar el proceso CSLEA-CCC-CP-2026-0007 mediante contratación simplificada, aprueba los términos de referencia y designa tres peritos. La certificación presupuestaria que cita está fechada el 11 de septiembre y consigna RD$4,691,702.75, frente al monto estimado de RD$4,976,362.75 registrado en el portal; la convocatoria figura el 8 de octubre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta autoriza el inicio el 7 de septiembre, pero la certificación citada está fechada el 11 de septiembre; además, sus RD$4,691,702.75 son RD$284,660 inferiores al estimado de RD$4,976,362.75 del portal. La convocatoria aparece el 8 de octubre, por lo que corresponde verificar la suficiencia y oportunidad de la apropiación antes del inicio efectivo del procedimiento.
“PRIMERO: AUTORIZAR el inicio del procedimiento para la "ADQUISICION DE ALIMENTOS PARA APOYO DEL HOSPITAL CLINICO QUIRURGICO DR. JOSE JOAQUIN PUELLO HERRERA, Referencia […] … VISTA: La certificación de apropiación presupuestaria Ref. […] de…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El acta indica que la encargada administrativa-financiera representa al presidente y también la identifica como miembro por su cargo. Como ambos aparecen firmando con funciones diferenciadas, conviene verificar cómo se integró el Comité y si se mantuvieron los cargos previstos sin duplicidad.
“Reunidos en el salón de conferencias de la Macro Estructura, de la Ciudad Sanitaria Dr. Luis Eduardo Aybar, el Comité de Compra Contrataciones Públicas, de (CSLEA), autoridad competente para adjudicar bienes o servicios, integrado por: DR.…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona