El Acto Administrativo núm. 214/2026, fechado el 6 de octubre de 2026, aprueba la evaluación económica y adjudica a Renkei Group, SRL, la adquisición del ítem único por RD$6,027,951.41, incluidos RD$919,518.01 de ITBIS. La decisión la fundamenta en que Renkei presentó el menor precio entre los cuatro oferentes habilitados y quedó RD$272,048.59 por debajo del presupuesto base de RD$6,300,000.00.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La parte dispositiva consigna para Renkei Group el mismo RNC que asigna a Offitek, aunque el informe de evaluación y la notificación identifican a Renkei con el RNC y a Offitek con el [RNC]. La coincidencia crea una inconsistencia material en la identificación del adjudicatario que conviene aclarar antes de formalizar el contrato; podría tratarse de un error de transcripción, pero el número consignado corresponde a otro oferente habilitado.
“primer lugar, RENKEI GROUP, S.R.L. RNC, por un monto de RD$6,027,951.41; segundo lugar, OFFITEK, S.R.L. RNC por un monto de RD$7,737,802.80”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Renkei Group, SRLAdjudicado por ser la oferta habilitada de menor precio; la parte dispositiva consigna un RNC distinto del identificado para esta empresa en el informe y en la notificación.
Adjudicado
Ítem único
RD$6,027,951
Offitek, SRLCumplió los requisitos legales, técnicos y financieros; segundo lugar.
Cecomsa, SRLCumplió los requisitos legales, técnicos y financieros; cuarto lugar.
Habilitado
Ítem único
RD$10,050,253
Clickteck, SRLNo subsanó los documentos legales requeridos y su índice de endeudamiento excedió el máximo permitido.
No habilitado
Ítem único
RD$7,422,124
Cantox Investment, SRLNo subsanó los documentos legales requeridos, incluidos los relativos a representación, documentación societaria y beneficiario final.
No habilitado
Ítem único
RD$6,650,952
Dipuglia PC Outlet Store, SRLNo subsanó documentos legales ni la referencia bancaria vencida; el procesador ofertado tenía menos núcleos físicos que los exigidos.
No habilitado
Ítem único
RD$8,413,860
Simpapel, SRLEl procesador ofertado tenía 8 núcleos, por debajo del mínimo de 10 exigido.
No habilitado
Ítem único
RD$7,614,594
Inversiones Marte Segura, SRLNo subsanó documentos legales requeridos y su índice de endeudamiento excedió el máximo permitido.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ítem único
RD$7,557,900
Compu-Office Dominicana, SRLEl modelo aclarado del procesador tenía 8 núcleos, por debajo del mínimo de 10 exigido.