La solicitud, fechada el 25 de septiembre de 2026, plantea adquirir 46 ítems de tecnología y comunicaciones para uso institucional, con un monto estimado de RD$6,435,500. El anexo distribuye los bienes entre los departamentos de Tecnología de la Información y Comunicaciones y fija como fecha requerida el 15 de diciembre de 2026; identifica el proceso como Contratación Simplificada, pero también menciona las referencias B-CS-001 y B-CM-019.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso se describe como Contratación Simplificada, pero el componente de Comunicaciones aparece asociado a B-CM-019, mientras que el portal registra un solo proceso sin lotes. Conviene aclarar si B-CM-019 es una referencia interna o corresponde a una compra menor separada: el documento no aporta montos por componente que permitan confirmar un fraccionamiento ni verificar el umbral aplicable.
“Proceso de Selección: Contratación Simplificada Ref. CONADIS-CCP-CS-2026-0004 / B-CS-001 y B-CM-019 I Monto Referencial: RO$6,435,500.001 Fuente: Fondo 121-CUT”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
El monto estimado queda RD$1,257.50 por debajo del máximo de RD$6,436,757.50 indicado para Contratación Simplificada y apenas RD$1,257.51 por debajo del umbral de Licitación Pública Abreviada informado para bienes estandarizados. La proximidad merece verificar el sustento de la estimación y la determinación de la modalidad; por sí sola no demuestra que el monto esté mal calculado.
“Monto total estimado de la compra: $6,435,500.00 … Contratación Simplificada (CS): Desde RD$2,010,835.38 - Hasta RD$6,436, 757.50”
Ley 47-25, artículo 56 — Selección de procedimientos
Artículo 56.- Selección de procedimientos. Los procedimientos ordinarios de selección se elegirán a partir de la cuantía o naturaleza de la contratación.
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
El anexo exige, entre otros, un servidor Dell PowerEdge T160, una impresora Zebra ZD411 y una cámara Sony Alpha 7 IV, sin incluir en esos renglones una mención de equivalencia. Estas referencias podrían restringir las alternativas ofertables; corresponde verificar en el pliego completo si existe justificación técnica y si se admiten productos equivalentes.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…