El acto de designación no consigna todos los datos requeridos de los peritos
· hace 21 días
El acto identifica a los tres peritos por nombre y especialidad, pero no consigna sus cargos institucionales ni declara la ausencia de conflictos de interés. El Reglamento exige que esos datos consten en el acto de designación; corresponde verificar si se incorporaron mediante documento complementario o si faltan en el expediente.
“SEGUNDO: DESIGNAR como el efecto DESIGNA al LIC. ANTOLIN PANIAGUA RAMIREZ (Perito Financiero), LIC. HENRY SMIL OGANDO PEREZ (Perito Legal) y LIC. WILFRED SUERO JIMENEZ (Perito tecnico)” (pág. 4)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
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