El pliego establece las condiciones de una licitación pública nacional para contratar durante un año el mantenimiento preventivo y correctivo de cinco portales RPM en el puerto Multimodal Caucedo. El monto estimado del proceso según el portal es RD$9,600,000; el pliego prevé adjudicación global al oferente que cumpla los requisitos técnicos y oferte el menor precio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (3 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige que la garantía cubra veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero también fija su vigencia hasta el 14/1/2027, fecha que el cronograma asigna a la firma. Las dos instrucciones no coinciden y pueden generar diferencias en la cobertura exigida.
“deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato ... Con una vigencia hasta el 14/1/2027.” (págs. 16-17)
Se exige un mínimo de tres años de experiencia en mantenimiento de portales detectores de radiación y al menos tres documentos probatorios. Por la especialización del equipo podría ser pertinente, pero la combinación limita el universo de oferentes y merece contrastarse con el estudio de mercado y la proporcionalidad respecto del objeto y monto.
“Documentación (contratos, ordenes de compras, certificación a satisfacción) que demuestre tener una experiencia mínima de tres (3) años en ejecutar mantenimiento a portales detectores de radiación. (mínimo 3 documentos)” (pág. 15)
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El SLA exige subsanar averías en un máximo de 72 horas, pero para repuestos mayores el proveedor debe esperar que la DGA los gestione y proporcione. El pliego no distingue si el plazo de 72 horas se suspende en ese supuesto, lo que dificulta medir el cumplimiento y atribuir demoras.
“El tiempo máximo para subsanar una avería reportada no podrá exceder de las setenta y dos (72) horas, salvo imprevistos de fuerza mayor debidamente justificados y comprobables. ... el proveedor deberá esperar la disponibilidad de dicha piez” (pág. 9)
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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Aunque se define como incumplimiento la mora superior a 15 días hábiles, el pliego remite las penalidades a los artículos 227 y 228 de la Ley, sin precisar una penalidad diaria ni su proporción. La regla legal sobre demora prevé que la proporción y determinación se establezcan en el pliego y el contrato.
“a) La mora del proveedor en la ejecución de servicio por causas imputables a éste por más de 15 días hábiles; ... Las penalidades serán aplicadas en caso de incumplimiento del contrato, conforme al artículo 227 y 228 de la Ley 47-25.” (pág. 33)
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Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El cronograma fija la suscripción para el 14/1/2027, aunque el mismo pliego dice que no debe exceder diez días hábiles desde la notificación de adjudicación, prevista para el 18/12/2026. La fecha puede prolongar el período entre adjudicación y formalización; la Ley fija también un máximo de diez días hábiles.
“Adjudicación 18/12/2026 ... Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra No mayor a 10 días hábiles contados a partir de la notificación de adjudicación (14/1/2027)” (pág. 11)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
El pliego menciona marcas, modelos y componentes concretos, entre ellos VM-250AGN, DART, SENIX y Ray Cap, y exige servicios sobre ellos. La compatibilidad con equipos instalados puede justificar esas referencias, pero conviene verificar que las condiciones no restrinjan innecesariamente la participación a proveedores vinculados con esos sistemas.
“Mantenimiento técnico del sistema de supresión de picos de energía, marca “Ray Cap” (pág. 7)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona