El pliego establece una convocatoria competitiva de emergencia para adquirir seis transformadores de potencia —cuatro de 138 kV y dos de 69 kV— por un presupuesto referencial de RD$522,553,892.70, ITBIS incluido. Fija entregas en un plazo de hasta 12 meses desde el pago del anticipo o avance y adjudicación por menor precio por ítem. El proceso fue convocado el 01/10/2026, según el portal.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (3 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dispone recibir, abrir y evaluar las ofertas técnicas y económicas en una única etapa y en el mismo acto. La Ley establece que las ofertas económicas se abran en una fecha posterior a la apertura y evaluación técnica final; abrirlas conjuntamente puede exponer precios antes de determinar quiénes cumplen técnicamente.
““La recepción y apertura de las Ofertas se realizarán en “única etapa”, debiendo los interesados presentar sus Ofertas Técnicas-Económicas en (un) único sobre contentivo de ambos aspectos.” … “la apertura y evaluación de ambos sobres en un ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Ley 47-25, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
El pliego permite ofertar con un acuse de solicitud de inscripción o de inclusión del rubro en el RPE y completar el registro definitivo o actualizado hasta diez días hábiles después de la notificación de adjudicación. La ley y el reglamento disponen la inscripción en el RPE como requisito previo para participar; conviene verificar el efecto de esta tolerancia sobre la habilitación y la igualdad entre oferentes.
““De no constar con Registro de Proveedores del Estado (RPE), en estatus definitivo y activo, con el rubro/actividad comercial de la contratación, presentar acuse de solicitud de inscripción como proveedor del Estado al referido registro o i”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 41 · Reglamento 52-26, art. 60 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
Artículo 60.- Oferentes. Pueden participar como oferentes en los procedimientos de contratación pública las personas físicas y jurídicas establecidas en el artículo 35 de la Ley núm. 47-25, siempre y cuando se encuentren inscritas en el Registro de Proveedor del Estado y no se encuentren incursas en alguna de las causas de inhabilidad previstas en la ley citada.
El pliego impide la participación simultánea de empresas distintas que compartan algún accionista, además de prohibir la participación múltiple de una misma persona. La regla puede excluir a sociedades jurídicamente diferentes aunque no se demuestre que una misma persona presente más de una oferta; conviene revisar su alcance frente a la prohibición legal de multiplicidad de participación.
““De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Se exigen, entre otros, 15 años de experiencia al fabricante del transformador y 30 años a fabricantes de ciertos componentes, junto con pruebas y certificaciones técnicas específicas. Por su efecto potencialmente restrictivo sobre el universo de fabricantes y proveedores, corresponde verificar que cada exigencia sea necesaria y proporcional al objeto y esté respaldada por los estudios técnicos.
““Documentación que el fabricante de los Bienes ofertados posee una experiencia de al menos quince (15) años, contados a partir de la convocatoria del procedimiento, en la producción y suministro de transformadores de potencia, con una poten”
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
La justificación incluye el suministro planificado de nuevas subestaciones y el fortalecimiento gradual del parque estratégico, con entrega prevista hasta 12 meses después del pago. Aunque el pliego invoca un decreto de emergencia que contempla equipos de distribución y transformación, conviene verificar cómo las necesidades descritas se vinculan con la situación de emergencia y con la necesidad de usar este procedimiento excepcional.
““Dotar a las nuevas subestaciones de Matafongo, Madre Vieja Sur, Las Charcas y Cruce de Cabral de los transformadores necesarios para su puesta en operación, conforme al cronograma de expansión de la red de distribución.” … “El plazo de los”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…