Adjudicación al estimado con oferta del adjudicatario registrada en cero
· hace 14 días
El acta adjudica RD$3,235,000, el mismo monto estimado del proceso según el portal. Allí, la oferta de CATHAY GROUP aparece en RD$0 y pendiente, mientras las dos ofertas registradas de Frabril Auto Import son superiores al estimado; aunque puede tratarse de datos del portal aún no actualizados, conviene verificar el informe económico y la oferta efectivamente evaluada para confirmar la comparación que sustenta la adjudicación.
“CATHAY GROUP, SRL - RNC […]-RPE 99939 Item | Descripción | Cantidad | Precio | Itbis | Otros impuestos | Total unitario | Total 1 | Camioneta | 2 | $1,212,968.16 | $218,334.27 | $186,197.53 | $1,617,499.96 | $ 3,235,000”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 179 · Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…