viernes, 30 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto Ciego®MediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto Ciego®MediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto Ciego®Medios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones alimentos y bebidas.pdf

SOLICITUD DE CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA QUE SUPLA ALIMENTOS Y BEBIDAS PARA SER UTILIZADO POR EL AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO ESTE · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 30 sept de 202648 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-CP-2026-0005

Lo que dice

El pliego fija las condiciones para contratar, por un presupuesto base de RD$5,600,000, el suministro a requerimiento de alimentos y bebidas para eventos del Ayuntamiento Santo Domingo Este. El portal registra convocatoria el 30 de septiembre de 2026 y modalidad de Comparación de Precios, equivalente a Contratación Simplificada; el pliego establece adjudicación al menor precio entre ofertas técnicamente conformes. Incluye requisitos territoriales y de experiencia, y condiciones de pago y evaluación que merecen revisión por sus restricciones o inconsistencias.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (2 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (9)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Requisitos acumulados de experiencia y capacidad para eventos masivos

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

Además de los cinco años de experiencia y tres contratos similares, el pliego exige tres constancias de entrega satisfactoria, evidencia de inventario y aceptación de atender aproximadamente a más de 2,500 personas. Para un servicio con presupuesto base de RD$5,600,000, la combinación puede limitar la concurrencia; conviene comprobar su proporcionalidad frente a las cantidades y necesidades efectivamente previstas.

“El oferente deberá presentar un mínimo de tres (3) constancias de entrega satisfactoria. … El oferente deberá presentar una constancia debidamente firmada y sellada, mediante la cual manifieste su aceptación y compromiso de suplir insumos o” (pág. 16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Pruebas de experiencia y calificación marcadas como no subsanables

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego exige cinco años de experiencia y al menos tres contratos u órdenes similares, pero marca esas pruebas como no subsanables. La ley establece que los documentos para acreditar requisitos de calificación son subsanables si el oferente cumplía el requisito al presentar su oferta; la regla del pliego puede excluir ofertas por una omisión documental subsanable.

“Evidencias del Servicio brindado a otras instituciones por medio de contratos mínimo 3, ordenes de compras con sus números de referencias de procesos, estos procesos deben ser similares al objeto de la contratación (NO SUBSANABLE) … Experie” (pág. 16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de defensa de tres días en debida diligencia

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

Ante indicios identificados en la debida diligencia, el pliego concede tres días hábiles para responder y contempla la descalificación si no se logra demostrar que los indicios son inexactos. Para exclusiones por prácticas prohibidas, el Reglamento establece cinco días hábiles para presentar defensa; corresponde revisar la compatibilidad del plazo y de la carga probatoria prevista con ese procedimiento.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. … Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo esti” (pág. 30)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

A revisarHallazgo en documentos

No se definen cantidades para comparar el precio total

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

El servicio comprende distintos tipos de comidas, bebidas y montajes, pero el pliego permite cotizar por hora, día, semana, mes o global, según corresponda, sin fijar en el texto cantidades o una unidad común de comparación para el ítem único. La adjudicación al menor precio requiere criterios definidos y vinculados al objeto; conviene verificar cómo se compararán ofertas de alcance o unidades diferentes.

“El oferente/proponente cotizará el precio del servicio por horas, días, semanas, meses, o de forma global, según corresponda.” (pág. 18)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Restricción de participación por accionistas compartidos

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que coincidan en alguno de sus socios, aunque sean personas jurídicas distintas. La prohibición de multiplicidad de participación de la ley se refiere a una misma persona participante; esta regla amplía la exclusión y puede reducir el número de ofertas admisibles.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 43)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago previsto de hasta 90 días

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego prevé pagos en un período de hasta 90 días desde la remisión de las facturas. La ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago contractual y se presenta el requerimiento, por lo que la condición prevista puede trasladar al proveedor un plazo de cobro superior al legalmente fijado.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de 90 días, contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.” (pág. 36)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La ubicación local se exige como condición excluyente

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego exige domicilio y cocinas en Santo Domingo Este, y califica como no subsanable la evidencia de ubicación de las cocinas. El Reglamento dispone que el domicilio territorial para MIPYMES es preferencial y solo puede ser habilitante si la prestación local es razonablemente necesaria y se motiva; aquí el procedimiento no está reservado a MIPYMES y no se consigna esa justificación operativa.

“El proveedor deberá tener su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este; es decir, el establecimiento del oferente deberá estar ubicado dentro de la misma demarcación municipal donde se encuentra establecida la institución. … Evidencia” (pág. 16)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 224 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 224 — Domicilio local de los proveedores

Artículo 224.- Domicilio local de los proveedores. Para los fines del artículo 173 de la Ley núm. 47-25, el domicilio del proveedor MIPYME debe determinarse atendiendo a criterios de presencia efectiva y capacidad operativa en la demarcación territorial correspondiente, los cuales podrán acreditarse, de manera alternativa, mediante: 1. Sede principal, sucursal, oficina operativa o establecimiento registrado en la demarcación donde se ejecutará la contratación; 2. Capacidad comprobada de prestación del servicio o suministro en la zona, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual, la logística necesaria y los tiempos de respuesta requeridos; 3. Relación comercial previa y verificable en…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

ContextoHallazgo en documentos

Duración contractual con referencias incompatibles

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

El pliego establece un período inicial de tres meses, permite continuar solicitando servicios hasta agotar el presupuesto y, en otra sección, fija una vigencia de cuatro meses. La coexistencia de esos términos deja incierto el límite temporal de las prestaciones y la planificación de los pedidos.

“El adjudicatario estará comprometido a prestar el servicio por un periodo inicial de tres (3) meses … la entidad contratante podrá continuar solicitando los servicios hasta agotar la totalidad del presupuesto disponible. … vigencia 4 meses.” (págs. 11-34)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Umbral de oferta temeraria con reglas internas contradictorias

Documento del 30 sept 2026 · hace 1 mes

Una sección considera no sustentable el precio inferior o superior en más de 15% al valor referencial; otra fija para bienes un rango de 20% a la baja, aunque el proceso se describe como servicio. La divergencia puede generar incertidumbre sobre el umbral aplicable y sobre cuándo se activa el análisis de sustentabilidad.

“el precio de la oferta inferior o mayor al 15 por ciento en relación al monto del contrato o valor referencial del lote o ítem, se considerará no sustentable o temerario … Para este procedimientos de contratación pública cuyo objeto sea la ” (págs. 18-20)

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Otros documentos del proceso (14)

  • ACTA DE APROBACION AL PLIEGO.pdfPliego · 30 mar de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 30 mar de 2026
  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 30 mar de 2026 · 1 señal
  • REQUERIMIENTO.pdfSolicitud de compra · 30 mar de 2026 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores (9).docxDocumento · 22 sept de 2026
  • formulario debida diligencia SNCCP-PROV-F-040..docxDebida diligencia · 22 sept de 2026
  • Formulario de presentacion oferta F.033 (1).docxDocumento · 22 sept de 2026
  • SNCC F 042 Formulario Informacion oferente (2).docxDocumento · 22 sept de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista (4).docxDocumento · 22 sept de 2026
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras (1).docxDocumento · 22 sept de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (7).docxDocumento · 22 sept de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Texto oficial completo
Esta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes (1).docxDebida diligencia · 22 sept de 2026
  • Contratacion de servicios de Alimentos y Bebidas.pdfSolicitud de compra · 25 sept de 2026
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 25 sept de 2026