El acta, fechada el 29 de septiembre de 2026, adjudica por unanimidad a Cuantica, SRL, el proceso HOSGEDOPOL-CCC-CP-2026-0030 para adquirir insumos médicos dirigido exclusivamente a MIPYMES mujeres. Consigna un monto total adjudicado de RD$6,436,466.10; la tabla de adjudicación salta los renglones 4 y 17.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los precios unitarios que aparecen en la tabla coinciden con los estimados del portal en las partidas adjudicadas, y el total consignado coincide con el monto estimado del proceso. Aunque esto por sí solo no determina una irregularidad, conviene contrastar las ofertas económicas y la evaluación bajo el criterio de menor precio.
“CAJA DE BISTURI […] CON MANGO 10/1 383.50 7,670.00 ... Monto Total Adjudicado en DOP$ 6,436,466.10”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
La tabla pasa del ítem 3 al 5 y del 16 al 18, sin mostrar los ítems 4 y 17. Sus valores estimados en el portal suman RD$98,640, mientras el total adjudicado coincide con el estimado total; debe verificarse si esos renglones fueron adjudicados y cómo se compone el monto.
“3 ... 5 ... 16 ... 18 ... Monto Total Adjudicado en DOP$ 6,436,466.10”
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Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
La tabla incorpora la denominación «ARROW» en los ítems de catéter de vía central y de hemodiálisis, mientras que las descripciones del portal son genéricas. Es un dato nuevo de la adjudicación que conviene contrastar con las especificaciones del pliego y las ofertas, para determinar si identifica el producto ofertado o introduce una característica distinta.
“UNIDADES DE CATETER VIA CENTRAL 3 LUMEN ARROW 6,283.50 251,340.00 ... UNIDADES DE CATÉTER DE HEMODIALIS ARROW 8,820.50 132,307.50”
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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona