El pliego establece las bases de la Licitación Pública Nacional CAASD-CCC-LPN-2026-0005 para adquirir bombas y paneles eléctricos, con monto estimado de RD$13,982,667.97, dividido en RD$10,164,942.00 para bombas y RD$3,817,725.97 para paneles. Fija la recepción de ofertas para el 13 de noviembre de 2026 y la adjudicación para el 14 de enero de 2027; prevé adjudicación por menor precio por ítem. Entre sus condiciones figuran el pago del saldo en hasta 90 días y una garantía de seriedad con vigencia hasta el 28 de enero de 2028; el portal, en cambio, clasifica el proceso como no dividido en lotes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (1 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego establece que el saldo puede pagarse hasta 90 días después de que el proveedor remita las facturas. El artículo 148, párrafo III, de la Ley fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento; la diferencia puede afectar el costo financiero y la participación de proveedores.
“El restante se hará en un período no mayor de noventa (90) días contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas de los bienes suministrados.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
La garantía debe mantenerse vigente hasta el 28 de enero de 2028, mientras que el cronograma prevé la suscripción del contrato el 28 de enero de 2027. Esa extensión aproximada de un año después de la firma puede imponer un costo y una carga adicionales a los oferentes; el reglamento establece que su vigencia cubra desde la apertura técnica hasta la suscripción del contrato.
“Con una vigencia hasta 28 de enero de 2028.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 162 · Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 162 — Garantías
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Para los indicadores financieros, el pliego considera únicamente los estados financieros de la empresa líder y le exige una participación mínima del 50%. El artículo 61 del Reglamento permite acreditar la solvencia e idoneidad del consorcio mediante la suma acumulada de las credenciales de sus integrantes, por lo que esta regla puede limitar la capacidad de los demás miembros para sustentar conjuntamente la calificación.
“Si el Oferente/Proponente es un consorcio acreditará los indicadores de capacidad financiera de la siguiente manera: se considerarán los estados financieros de la empresa líder del consorcio, la cual deberá tener una participación mínima de”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 61 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 61 — Reglas de participación en consorcio
Artículo 61.- Reglas de participación en consorcio. Las personas físicas o jurídicas que deseen participar en un procedimiento de contratación bajo la modalidad de consorcio, según lo establece el numeral 2) del artículo 35 de la Ley núm. 47-25, deben cumplir con las siguientes condiciones: 1. Las personas que conformen el consorcio deben estar inscritas, cada una, en el Registro de Proveedor del Estado. 2. Los consorcios deben acreditar ante la institución contratante el acuerdo o convenio por el cual se formalizan, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes para la preparación y presentación de ofertas y la ejecución contractual, la capacidad de ejercicio de cada miembro, así…
El pliego exige que los oferentes tengan inscritas las actividades de bombas y generación de energía, aunque permite ofertar solo algunos ítems y separa bombas y paneles en lotes distintos. Exigir ambas actividades a quien participa en una sola categoría puede restringir la participación de proveedores especializados en el objeto específico que ofrecen.
“contratación ha sido clasificada bajo las familias … Bombas y Compresores Industriales y … Generación de Energía por lo que los oferentes deberán tener estas actividades comerciales”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El portal registra que el proceso no es por lotes, mientras que el pliego identifica Lote I para bombas y Lote II para paneles y permite adjudicar por ítem. La discrepancia entre la ficha pública y las bases puede afectar la comprensión del alcance y de la estructura de adjudicación; podría tratarse de un dato del portal pendiente de actualización.
“LOTE I: SUMINISTRO DE BOMBAS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona