El estudio previo, elaborado el 21 de agosto de 2026, recomienda continuar el proceso MITUR-CCC-CP-2026-0018 para contratar por un año servicios de agencia de viajes y seguros, dirigido a MIPYMES. Estima un presupuesto de RD$5,600,000.00, distribuido en RD$5,300,000.00 para boletos y RD$300,000.00 para seguros, y recomienda la contratación simplificada. No adjudica ni identifica oferentes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio plantea que el anticipo solo se pagaría si lo solicita el adjudicatario y que podría ser de hasta 30%. La Ley establece que debe otorgarse un anticipo del 30% en todas las contrataciones con MIPYMES, sin necesidad de factura; conviene verificar que las bases y la ejecución respeten esa obligación.
“La institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, si es requerido por el adjudicatario, el cual podrá ascender al treinta por ciento (30%) del valor del Contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El estudio fija hasta treinta días hábiles para pagar las facturas completas, mientras la Ley establece un plazo máximo de treinta días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento. Al computarse como hábiles, el plazo previsto podría exceder ese máximo; debe precisarse su cómputo en las condiciones contractuales.
“Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la recepción completa y conforme del expediente, hasta agotar el monto adjudicado o hasta el vencimiento del contrato, lo que ocurra primero, sin que exista obliga”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Se exige acreditar depósitos o instrumentos de crédito por al menos el 10% de la apropiación total: RD$560,000. Dado que el contrato se ejecutaría según solicitudes y no establece consumo mínimo, conviene verificar que ese umbral sea proporcional al objeto y a las obligaciones de ejecución, y que no limite innecesariamente la participación de MIPYMES.
“Presentar pruebas que evidencien disponibilidad económica a través de la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes, certificados, cuentas de ahorro, entre otros) o la suma de instrumentos de crédito (líneas de crédito), tal que por”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona