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Pliego

Pliego JMLG CM 0011.pdf

Construcción de aceras y contenes en la Avenida Hato Nuevo, dirigido a MiPymes Mujer · Junta Municipal de la Guáyiga

Publicado el 29 sept de 2026Fechado el 27 sept de 202636 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso JMLG-DAF-CM-2026-0011

Lo que dice

El pliego fechado el 28 de septiembre de 2026 establece las bases para contratar, como contratación menor y en lote único, la construcción de aceras y contenes en la Avenida Hato Nuevo, reservada a MIPYMES Mujer, con presupuesto base de RD$7,661,909.85 y plazo de ejecución de 90 días. Entre las condiciones que merecen revisión figuran un límite de ±10 % sobre el precio oficial, requisitos de capacidad y experiencia exigentes para este objeto, y cláusulas con cifras o plazos sin completar. El cronograma identifica una apertura el 6 de octubre, pero no fija expresamente una fecha posterior para abrir las ofertas económicas tras la evaluación técnica.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (1 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$3.8 millones

Línea de crédito exigida por la mitad del presupuesto base

Documento del 29 sept 2026 · hace 15 días

Se exige una línea de crédito mínima de RD$3,830,954.93, equivalente al 50 % del presupuesto base de la obra. Es una condición de acceso financiero relevante para una contratación reservada a MIPYMES Mujer; corresponde revisar su proporcionalidad con el alcance y los riesgos de esta obra.

“Línea de crédito Carta bancaria por al menos el 50 % del proyecto: RD$3,830,954.93.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Experiencia de cinco obras similares de igual magnitud

Documento del 29 sept 2026 · hace 15 días

El pliego pide soportes de cinco proyectos anteriores de obras similares y de igual magnitud, además de cinco referencias comerciales. La acumulación de requisitos puede limitar la participación de empresas con capacidad para ejecutar la obra pero con menos antecedentes de ese tamaño; debe verificarse su proporcionalidad respecto del objeto y presupuesto.

“c. Certificación o contratos (Mínimo cinco proyectos) de trabajos realizados en instituciones públicas o privadas, de obras de igual magnitud.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego establece un piso de precio que puede excluir ofertas bajas

Documento del 29 sept 2026 · hace 15 días

El pliego prevé rechazar ofertas cuyo precio sea más de 10 % inferior al precio oficial. Esa regla puede excluir una oferta competitiva por su diferencia de precio, aunque la misma cláusula anterior dispone que se solicite una explicación de viabilidad cuando una oferta parezca anormalmente baja; conviene verificar cómo se aplicaría ese examen antes de rechazarla.

“MONTO MINIMO DE LA OFERTA ECOMNOMICA: La oferta por un monto menor al precio oficial de la Junta de Distrito, respecto a la obra a contratar, que haya sido presentada por el oferente, será rechazada, si se comprueba que la reducción en su p”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Condiciones de pago y plazo para responder quedan sin completar

Documento del 29 sept 2026 · hace 15 días

El pliego deja vacíos el umbral de las cubicaciones parciales y el plazo máximo de pago, pese a que esos datos determinan el flujo financiero de la obra. También deja sin indicar el plazo para que el oferente en segundo lugar responda si acepta ejecutar el contrato, lo que afecta la previsibilidad de una adjudicación posterior.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de a partir de la fecha en que la cubicación sea certificada por el supervisor o responsable del contrato. Dicho Oferente/Proponente contará con un plazo de para responder la referida solicitud.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

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No se identifica cuándo se abrirán las ofertas económicas

Documento del 29 sept 2026 · hace 15 días

El cronograma fija una apertura el mismo día de recepción de ofertas, pero no consigna otra fecha para la apertura económica después de la evaluación técnica. Aunque el pliego describe una segunda etapa, remite a una fecha del cronograma que no aparece identificada expresamente, lo que genera incertidumbre sobre la secuencia y oportunidad de la apertura del Sobre B.

“Presentación de ofertas (Sobre A y Sobre B) 06/10/2026 10:00 Apertura de ofertas 06/10/2026 10:05”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Plazo contractual en el cronograma difiere del plazo indicado después

Documento del 29 sept 2026 · hace 15 días

La tabla del cronograma prevé suscribir la Orden de Compra el 13 de octubre de 2026, mientras que la sección contractual indica como fecha prevista el 20 de octubre de 2026. La diferencia de siete días y la alternancia entre orden de compra y contrato deben aclararse para que los oferentes conozcan la secuencia prevista.

“Suscripción de la Orden de Compra 13/10/2026 14:00 … la fecha prevista en el cronograma es el 20 de octubre de 2026 y podrá ajustarse justificadamente”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Exige registro o certificación UAF para una obra de aceras y contenes

Documento del 29 sept 2026 · hace 15 días

Entre las credenciales legales se solicita una certificación o registro de la UAF. El pliego no explica su vinculación con la ejecución de esta obra; la exigencia puede funcionar como barrera adicional de participación y merece comprobarse frente a la actividad y el objeto contractual.

“16) Certificación o registro de UAF.”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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