El pliego establece las condiciones de la Licitación Pública Abreviada DEFENSA PUBLICA-CCC-LPA-2026-0002 para adquirir dos camionetas, un SUV y una motocicleta, con presupuesto base de RD$12,060,000. Fija la presentación de ofertas hasta el 19 de octubre de 2026 y la adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas conformes. Incluye requisitos financieros y de experiencia, un plazo de entrega de 10 a 15 días calendario y un anticipo del 30% respaldado por póliza.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha de la motocicleta establece una garantía mínima de 24 meses o 30,000 km, mientras que el requisito técnico general pide una garantía de tres años o 100,000 km para los vehículos ofertados. La contradicción deja incierto el estándar habilitante para ese ítem y puede afectar la evaluación de ofertas de motocicletas.
“Garantía: Mínimo veinticuatro (24) meses o treinta mil (30,000) kilómetros, lo que ocurra primero, contra defectos de fabricación y/o ensamblaje … Certificado de garantía que especifique el alcance con relación a los vehículos ofertados” (págs. 8-13)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Para participar se exigen diez años de experiencia y al menos tres antecedentes similares, junto con indicadores financieros mínimos y estados auditados de dos ejercicios. Dado que se adjudica por ítem, estos requisitos aplicados también a una oferta por la motocicleta estimada en RD$130,000 ameritan verificar su proporcionalidad respecto del objeto y del ítem ofertado.
“El oferente deberá demostrar experiencia mínima de diez (10) años en el suministro de bienes similares mediante presentación de órdenes de compras, contratos o certificaciones (mínimo tres). Índice de solvencia = activo total / pasivo total” (págs. 13-17)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego fija la entrega de los vehículos dentro de 10 a 15 días calendario tras la certificación contractual. Para cuatro unidades de características distintas, el plazo breve puede limitar la concurrencia a proveedores con unidades disponibles de inmediato; conviene contrastarlo con el mercado y la logística de entrega.
“Especificar el tiempo de entrega del bien ofertado. Máximo; 15 días calendario … La entrega de los bienes debe realizarse de 10 a 15 días calendarios a partir de la emisión de la certificación contrato emitido por la Contraloría” (págs. 8-9)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El objeto identifica la actividad 25100000-Vehículos de motor, pero la tabla de evaluación exige que el RPE tenga inscrita la actividad 43210000-Equipo informático y accesorios. Esa discrepancia puede excluir proveedores de vehículos que cumplan el objeto o permitir la habilitación por una actividad ajena.
“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial … Vehículos de motor … 5) Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a” (págs. 4-16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego prevé una penalidad del 10% del valor total de la adjudicación ante cumplimiento parcial o defectuoso, sin graduarla según la entidad del incumplimiento. La regla merece revisión porque el marco legal exige proporcionalidad de las penalidades.
“Interés por mora; ante el cumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso, por parte del proveedor la institución contratante impondrá una penalidad del 10% del valor total de la adjudicación.” (pág. 28)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso
Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona