El documento reúne fichas técnicas estandarizadas aprobadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas para varios bienes de oficina, entre ellos lápices, sobres, resaltadores, cinta adhesiva, grapas, bolígrafos y papel bond. Incluye especificaciones técnicas y ambientales y propone criterios que las entidades pueden incorporar en sus pliegos; algunas fichas muestran fecha 23/03/2026 y firmas digitales fechadas el 31/03/2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La ficha describe el bolígrafo como instrumento de punto de bola, pero caracteriza la tinta como base agua o gelificada y la contrapone a la tinta viscosa a base de aceite. Si se aplica literalmente en el proceso, podría excluir bolígrafos comunes con tinta a base de aceite; conviene verificar cómo se trasladó esta especificación al pliego y a la evaluación.
“Descripción: lnstrumentos que utilizan mecanismos de la escrítura del punto de bola con el líquido a base de agua o tinta gelificada, en oposición a las tintas viscosas a base de aceite que se encuentran en los bolígrafos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Varias fichas indican que los pliegos podrían incluir la experiencia del proveedor como criterio de evaluación. La experiencia puede servir para calificar, pero la ley establece como regla general que los requisitos de calificación se evalúan mediante cumple o no cumple y solo excepcionalmente se ponderan; el documento no permite saber si el pliego aplicó puntuación ni con qué justificación.
“La entidad debe precisar en las bases los criterios de evaluación aplicables, los cuales podrán incluir … Experiencia del proveedor en el suministro de materiales de oficina o similares”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona