Desglose de precios distinto del monto adjudicado
· hace 1 mes
Para el ítem 2, el desglose de precios suma RD$438,480 para Celaom, mientras que la oferta económica consignada en el cuadro resumen y la adjudicación son de RD$1,010,000; el portal también registra un contrato por RD$1,010,000. La diferencia merece cotejarse con la oferta original y sus componentes para determinar qué conceptos explican los RD$571,520 restantes o si hay una inconsistencia en la evaluación.
“TOTAL OFERTA ECONOMICA | 438,480.00 | 811,840.00 … Celaom, SRL […] RD$1,010,000.00” (págs. 3-4, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 125 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 121 — Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas
Artículo 121.- Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo a los criterios de evaluación determinados en el pliego de condiciones, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas deben proceder a su evaluación y dejar constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento. Párrafo. El informe debe contener la recomendación de adjudicación y determinar la relación de lugares ocupados por cada oferta.
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.