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Abriendo la ficha…

Informe pericial · Acta 14/2026

Acta Núm. 114-2026 Inicio del Procedimiento y Designación de Peritos_0001.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE RECOGIDA DE DESECHOS SÓLIDOS PARA LA LIMPIEZA DE PARQUES Y SEDE CENTRAL INSTITUCIONAL · Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial

Publicado el 21 sept de 2026Fechado el 20 sept de 20266 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROINDUSTRIA-CCC-CP-2026-0005

Lo que dice

El 21 de septiembre de 2026, el Comité de Contrataciones Públicas de PROINDUSTRIA aprobó iniciar el procedimiento de Contratación Simplificada para la recogida de desechos sólidos y aprobó el pliego del proceso PROINDUSTRIA-CCC-CP-2026-0005. El acta consigna fondos certificados por RD$6,436,757.50, designa tres peritos y ordena publicar el acta y la certificación presupuestaria; no adjudica el contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

ContextoHallazgo en documentos

Referencia reglamentaria no coincide con la atribución citada

Documento del 21 sept 2026 · hace 1 mes

El acta atribuye al artículo 18, numerales 1 y 8, del Reglamento 52-26 la aprobación del procedimiento y la designación de peritos, pero ese artículo regula el funcionamiento y las deliberaciones del Comité y no contiene esos numerales. La Ley 47-25 sí atribuye esas funciones al Comité en su artículo 18, por lo que la discrepancia de cita no cambia por sí sola la competencia consignada.

“Que adicionalmente dicho Reglamento en su Artículo 18 en sus numerales 1 y 8 indica que entre las funciones del Comité de CONTRATACIONES PÚBLICAS es: “ Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el p” (pág. 3)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 18 · Ley 47-25, art. 18 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación

Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas

Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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