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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

Informe_justificativo_Sistema_de_Planificacion_renovacion_2026.pdf

RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO DE USO, SOPORTE, MANTENIMIENTO Y ALOJAMIENTO EN LA NUBE DEL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN, MONITOREO Y EVALUACIÓN KRISTHAL (POR DOS AÑOS) · Camara de Cuentas de la República

Publicado el 21 sept de 2026Fechado el 20 sept de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CAMARA CUENTAS-CCC-PEPU-2026-0002

Lo que dice

El informe, fechado el 21 de septiembre de 2026, solicita aprobar una excepción para renovar por dos años el uso del sistema de planificación, monitoreo y evaluación PME/KRISTHAL desarrollado por Square Solution, SRL. Describe la necesidad de continuidad y las funciones del sistema, pero fundamenta la excepción citando la Ley 340-06 y el Decreto 543-12. El portal registra una oferta pendiente de Square Solution por RD$11,500,000; el informe no consigna ese monto.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$11.5 millones

La justificación no documenta por qué Square sería proveedor único

Documento del 21 sept 2026 · hace 25 días

El informe señala que Square desarrolló y configuró el sistema, pero no explica si existen derechos exclusivos, incompatibilidades técnicas insustituibles o ausencia de alternativas razonables. La regulación vigente exige justificar el supuesto de proveedor único; el portal registra una sola oferta, de Square Solution, pendiente de evaluación.

“«Luego del uso y configuraciones realizadas el sistema desarrollado por la empresa SQUARE SOLUTION, RNC No. , solicitamos la renovación y uso por los siguientes dos años»”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El informe apoya la excepción en normativa anterior

Documento del 21 sept 2026 · hace 25 días

Aunque el proceso se rige por la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26, el informe caracteriza la exclusividad como una exclusión bajo la Ley 340-06 y cita el Decreto 543-12. El marco vigente regula al proveedor único como una excepción sujeta a justificación y aprobación; corresponde verificar que la decisión se haya sustentado bajo ese régimen.

“«se excluyen de la aplicación de la ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con bienes o servicios con exclusividad o que solo puedan ser suplidos por una determinada persona natural o jurídica.» … «serán considerados caso”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 149 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

A revisarHallazgo en documentos

El título describe adquisición e implementación, pero el cuerpo renovación

Documento del 21 sept 2026 · hace 25 días

La portada identifica el objeto como adquisición e implementación del sistema, mientras que el cuerpo solicita renovar su uso por dos años. Esta diferencia deja por aclarar si la justificación corresponde exactamente al objeto de la contratación convocada, que es una renovación.

“«INFORME JUSTIFICATIVO DEL USO DE LA EXCEPCIÓN EN EL PROCESO DE COMPRA PARA LA ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN, MONITOREO Y EVALUACIÓN (PME)» … «solicitamos la renovación y uso por los siguientes dos años»”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

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Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Square Solution, SRLEl informe la identifica como desarrolladora del sistema y solicita renovar su uso; el portal registra una oferta cargada y pendiente.Mencionado—RD$11,500,000

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva

Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.

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Pliego 4534 propuesta excepción contratación directa1.pdfPliego · 21 sept de 2026 · 1 señal