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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO CONADIS-CCC-CP-2026-0003 ADQ SILLA DE RUEDAS Y DISP APOYO.pdf

Adquisición de Sillas de Ruedas y Dispositivos de Apoyo · Consejo Nacional de Discapacitados

Publicado el 21 sept de 2026Fechado el 20 sept de 202651 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CONADIS-CCC-CP-2026-0003

Lo que dice

El pliego, fechado el 21 de septiembre de 2026, convoca la adquisición de 12 tipos de sillas de ruedas y dispositivos de apoyo, con valor referencial de RD$5,966,500.00 y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas técnicamente conformes. Establece muestras físicas, requisitos legales, financieros y técnicos, y un cronograma que fija la recepción de ofertas para el 30 de septiembre de 2026. El documento afirma expresamente que la compra no cuenta con estudios previos; además, incluye condiciones de regularización fiscal para habilitación y de factura para el anticipo MIPYME que ameritan revisión frente al marco legal.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$6 millones

El pliego declara que no existen estudios previos

Documento del 21 sept 2026 · hace 29 días

El documento afirma que el proceso no cuenta con estudios previos, aunque estos deben sustentar todo procedimiento e incluir, entre otros elementos, necesidad, costo estimado, riesgos y requisitos de calificación. La referencia a precios de procesos anteriores no acredita por sí sola el conjunto de estudios exigido.

“Este proceso no cuenta con estudios previos2 tal cual lo menciona los artículos 87 y 88 de la Ley 47-25, y los artículos 85 y 99 del reglamento 52-26 de aplicación de la ley 47-25, no obstante el valor referencial para esta compra asciende ” (pág. 10)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos

Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Referencias de suministro podrían restringir la participación

Documento del 21 sept 2026 · hace 29 días

Para cada tipo de bien ofertado, el pliego pide referencias de suministro satisfactorio de tres empresas o instituciones distintas. Sin una justificación visible de proporcionalidad para esta compra, la exigencia puede dificultar la participación de proveedores nuevos o especializados en determinados artículos.

“Cartas de referencia de suministro satisfactorio de sillas de ruedas y/ o dispositivos de apoyo (según los bienes ofertados) a tres (3) empresas o instituciones, en las cuales estas certifiquen la recepción satisfactoria de los bienes.” (pág. 19)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

A revisarHallazgo en documentos

Condiciona la habilitación de MIPYMES a regularizar deudas fiscales

Documento del 21 sept 2026 · hace 29 días

El pliego exige que quien aparezca con obligaciones fiscales o de seguridad social pendientes las regularice dentro del período de habilitación final, sin distinguir a las MIPYMES cuyo incumplimiento no exceda seis meses. Esa condición puede excluirlas antes de la adjudicación, pese a la excepción legal de participación prevista para ellas.

“De igual modo, si durante el proceso de evaluación técnica la verificación en línea de su estatus arro;a que el oferente no está al día, deberá regularizar su estatus dentro del tiempo determinado para habilitación final de las” (pág. 16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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A revisarHallazgo en documentos

Exige factura para desembolsar el anticipo a MIPYMES

Documento del 21 sept 2026 · hace 29 días

El pliego condiciona el anticipo del 30% a que la MIPYME presente una factura con comprobante fiscal gubernamental. La Ley dispone que ese anticipo se otorgue con la suscripción del contrato, orden de compra o servicio, sin necesidad de presentar factura.

“Para proceder con el pago del anticipo el oferente adjudicado deberá presentar una Póliza de Seguro que cubra la totalidad del A vanee Inicial y factura con comprobante fiscal gubernamental por el monto del citado porcentaje” (pág. 38)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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ContextoHallazgo en documentos

La documentación financiera exigida no queda uniforme

Documento del 21 sept 2026 · hace 29 días

La sección de requisitos financieros enumera estados financieros auditados, mientras que la tabla de evaluación introduce declaraciones juradas de impuesto sobre la renta como documento a evaluar. La diferencia entre ambas secciones deja incierto el conjunto documental financiero exigido y cómo se aplicará la habilitación.

“Estados Financieros Auditados: Estados Financieros comparativos correspondientes a los dos (2) últimos ejercicios fiscales cerrados y consecutivos anteriores a la fecha de presentación de la oferta … Copia de las Declaraciones Juradas” (págs. 17-24)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

ContextoHallazgo en documentos

Requiere dos actividades comerciales del RPE para ofertar

Documento del 21 sept 2026 · hace 29 días

El requisito pide que el RPE incluya simultáneamente las actividades 42190000 y 42210000, aunque la adjudicación se evalúa por ítem y los artículos comprenden categorías distintas, como sillas de ruedas, bastones y muletas. Conviene verificar si exigir ambas actividades a todo oferente es proporcional a los bienes específicos que propone suministrar.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC las actividades comerciales referente a Productos de centro médico y correspondien” (pág. 16)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Otros documentos del proceso (21)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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