La composición consignada no identifica al representante de planificación
· hace 1 mes
El acta enumera cinco integrantes del comité, pero no identifica a un titular o representante del área de Planificación y Desarrollo Institucional, previsto para los comités locales. Conviene verificar si hubo una integración especial aplicable o si la composición consignada refleja íntegramente la integración del comité que decidió.
“Dicho comité se encuentra integrado por los señores: Madeleine Capellán, Directora de Gabinete, actuando como Presidenta del Comité de Contrataciones Pública del Ayuntamiento Santo Domingo Este; Manuel Antonio Jiménez, Encargado de la Ofici” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales
Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…
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