El Registro de Adendas/Enmiendas del proceso MEM-CCC-LPN-2026-0014, emitido el 17 de septiembre de 2026, consigna dos modificaciones al pliego mediante la Enmienda I: una sobre la distribución del monto presupuestado de RD$9,562,355.48 y otra sobre las condiciones de pago. Según el resumen de la Enmienda I incluido en el expediente, se suprimió la distribución de 1% para 2026 y 99% para 2027; para el pago se estableció un anticipo de 30% a MIPYMES y pago único contra factura y recepción para los demás adjudicatarios.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina el desglose anual del monto presupuestado, que permitía identificar su distribución entre ejercicios..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El Registro caracteriza el cambio como una distribución del monto, mientras que el resumen de la Enmienda I indica que se suprimió la distribución de 1% para 2026 y 99% para 2027. Conviene cotejar ambos documentos para precisar qué modificación presupuestaria quedó aprobada.
“Se distribuye el monto presupuestado para esta contratación.” (pág. 1, escaneada)
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Sección I, numeral 1, AntecedentesDistribución presupuestaria por año
Distribución de 1% para 2026 y 99% para 2027.
Se suprime la distribución porcentual por año, según el resumen de la Enmienda I incluido en el expediente.
RelajaQuita un control: Se elimina el desglose anual del monto presupuestado, que permitía identificar su distribución entre ejercicios.
Sección III, numeral 25, Condiciones de Pago y retencionesForma de pago
El Registro no detalla las condiciones de pago anteriores.
Anticipo de 30% para adjudicatarios MIPYMES; pago único contra factura y recepción para los demás, según el resumen de la Enmienda I incluido en el expediente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona