El Acta núm. 093/2026, de 10 de septiembre de 2026, adjudica a Estación de Servicios Coral, S.R.L. el proceso LMD-CCC-CP-2026-0014 por un valor nominal de RD$6,362,000.00: RD$6,200,000.00 en tickets de combustible y RD$162,000.00 en gasoil prémium a granel. El Comité tuvo por cumplidos los requisitos y aceptó un descuento global de 6%, después de que la empresa aclarara que su descuento de RD$18.00 por galón equivalía, según ella, a 6%.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra una sola oferta, de Estación de Servicios Coral, S.R.L., y el acta adjudica a esa empresa. La concurrencia efectiva fue limitada a un oferente, por lo que conviene revisar el expediente de convocatoria y evaluación para conocer la participación recibida; el dato por sí solo no acredita una irregularidad.
“Que el oferente ESTACIÓN DE SERVICIOS CORAL, S.R.L. presentó una Oferta Económica por un valor nominal total de SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL PESOS DOMINICANOS CON OO/100 (RD$6,362,000.00)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
La oferta indicó un descuento de RD$18.00 por galón y el oferente sostuvo después que equivalía a 6%, porcentaje que el acta adopta como descuento global. Como el propio documento señala que el componente de gasoil no tenía una cantidad fija de galones, conviene verificar en el informe económico el precio de referencia y el cálculo que permiten convertir el descuento unitario y determinar el porcentaje global.
“el componente correspondiente al gasoil premium a granel estaría determinado por su valor referencial ascendente a CIENTO SESENTA Y DOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RDS162,000.00), sin establecer una cantidad fija de galones… …manifest”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Estación de Servicios Coral, S.R.L.Adjudicada tras ser habilitada y aceptarse un descuento global de 6%; el acta consigna que ofertó RD$18.00 de descuento por galón en el gasoil prémium a granel.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona