El pliego establece una licitación pública nacional dirigida a MIPYMES para adquirir 37 artículos de aseo y limpieza, con presupuesto referencial de RD$7,592,220.00 y adjudicación por ítem. La convocatoria está prevista para el 17 de septiembre de 2026, con recepción de ofertas hasta el 3 de noviembre de 2026; el documento también fija requisitos de solvencia y experiencia y condiciones de entrega y pago.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Se requieren dos referencias de servicios similares cuya suma alcance al menos RD$3,036,888 (40 % del presupuesto total), aunque la adjudicación será por ítem. La exigencia puede resultar desproporcionada para quien oferte solo por ítems de menor valor y debe revisarse frente al objeto, el alcance ofertado y la capacidad de las MIPYMES.
“La sumatoria de los montos ejecutados en las referencias presentadas no podra ser menor al cuarenta por ciento (40%) del valor total del presente proceso … La Adjudicaci6n sera por item a favor del Oferente/Proponente que” (págs. 22-33)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Se exige un índice de solvencia mayor a 1.20 y estados financieros auditados de los dos últimos ejercicios, en un proceso reservado a MIPYMES y con adjudicación por ítem. Son barreras que ameritan comprobar su proporcionalidad frente al tamaño de cada prestación y a la naturaleza del suministro.
“Copia de Estados Financieros, debidamente auditados por una nrma externa o un CPA (Contador Pablico Autorizado), registrado(a) y activo(a) en el Instituto de Contadores Pablicos Autorizados de la Repablica Dominicana (ICPARD” (pág. 21)
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Para los pagos posteriores al anticipo, el pliego establece un máximo de 30 días hábiles desde la presentación de las facturas. La Ley fija un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento; la expresión en días hábiles puede extender el tiempo efectivo de pago y debe verificarse.
“La suma restante sera pagada en pagos parciales al proveedor luego de recibidos los bienes, estos pagos se haran en un periodo no mayor de treinta (30) dias habiles, contados a partir de que el proveedor remita a1 area responsable de la” (pág. 43)
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Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego impide que participen simultáneamente empresas distintas que tengan los mismos accionistas o coincidan en alguno, incluso sin consignar que esas empresas presenten ofertas múltiples por una misma persona. Esta regla amplía la restricción de participación y merece revisión por su efecto sobre la competencia.
“De igual manera, no podran participar simultaneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberan participar por una sola de las empresas.” (pág. 7)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El pliego excluye de la adjudicación a quienes hayan tenido incumplimientos contractuales notificados con CONANI durante los once meses anteriores. No precisa en esta regla cómo se determina la relevancia o firmeza del incumplimiento, por lo que conviene verificar su aplicación uniforme y su relación con los criterios publicados.
“No resultaran adjudicatario$ oferentes que –en los expedientes administrativos institucionales que compilan la experiencia previa con los oferentes participantes –haya incurrido dentro de los altimos once (11) meses, en incumplimientos” (pág. 33)
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego señala como lugar de entrega el almacén de la sede principal, pero también indica que las entregas a requerimiento serán en los hogares de paso. La diferencia puede afectar los costos logísticos y la preparación comparable de las ofertas.
“El lugar de entrega de los bienes adjudicado para los items solicitado sera en la Secci6n de Almac6n de la Sede principal de CONANI... ... Los bienes seran a requerimiento de acuerdo con lo establecido en el cronograma de entrega, el cual s” (págs. 14-15)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 99 — Informaciones en la convocatoria
Artículo 99.- Informaciones en la convocatoria. Con la convocatoria deberán hacerse disponibles las informaciones siguientes: 1) La modalidad de la convocatoria, en tanto sea nacional o internacional; 2) Identificación de la institución que convoca; 3) Objetivo de la contratación, indicando la descripción, cantidad y el lugar de entrega de los bienes a suministrarse o la descripción y ubicación de las obras que hayan de efectuarse o la descripción de los servicios requeridos; 4) El procedimiento de selección; 5) El lugar o medio para obtener el pliego de condiciones, que debe ser gratuito; 6) La fecha y hora límite, y el lugar o medio previsto para la presentación de propuestas; 7) La…
La ejecución de las entregas se prevé durante seis meses, mientras que la vigencia del contrato se fija en doce meses. El documento no explica la diferencia, que puede generar incertidumbre sobre el período de obligaciones y disponibilidad de entregas.
“Los bienes adjudicados tienen previsto su ejecuci6n durante seis (6) meses, computado a partir de la notificaci6n del registro del contrato ante la Contraloria General de la Repablica o hasta que se consuma el monto total adjudicado. ... La” (pág. 15)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 135 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos
Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.