La solicitud de propuesta de SeNaSa, identificada como ARS SENASA-CCC-PEPB-2026-0008 y fechada únicamente en septiembre de 2026, describe 47 espacios publicitarios distribuidos en tres lotes y asociados a medios o proveedores nombrados; casi todos tienen una duración de tres meses y un espacio digital, de un mes. Establece la presentación física en sobre sellado, solicita documentación legal y técnica y dispone pagos mensuales, con plazo de pago de 30 días laborables tras recibir factura y evidencias conformes. El portal registra un monto estimado de RD$11,831,900 y una oferta pendiente de Milton Odalis Camacho Cruz; esos datos no aparecen como decisiones en el documento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud fija 30 días laborables para pagar una vez recibidos la factura y los documentos de conformidad. El artículo 148, párrafo III, de la Ley establece un plazo máximo de 30 días, sin calificarlo como laborable; corresponde verificar si la redacción permite exceder ese máximo.
“Términos de pago: Treinta días (30) laborables, luego de recibida la factura gubernamental firmada y sellada, recibir las evidencias verificadas por la Gerencia de Comunicación y Mercadeo y el formulario de conformidad de servicio firmado y”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego acepta como alternativa al RPE una mera solicitud de inscripción, aunque la ley y el reglamento establecen la inscripción como requisito para participar como oferente. Esto puede debilitar la verificación previa de identidad y aptitud legal de los participantes.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE) con documentos legales-administrativos actualizados, emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas o solicitud de Registro de Proveedores del Estado (RPE).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 41 · Reglamento 52-26, art. 60 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
Artículo 60.- Oferentes. Pueden participar como oferentes en los procedimientos de contratación pública las personas físicas y jurídicas establecidas en el artículo 35 de la Ley núm. 47-25, siempre y cuando se encuentren inscritas en el Registro de Proveedor del Estado y no se encuentren incursas en alguna de las causas de inhabilidad previstas en la ley citada.
La solicitud presenta un único listado para personas físicas y jurídicas que incluye Registro Mercantil y una declaración identificada como propia de personas jurídicas, sin diferenciar su aplicabilidad. Como varios espacios están asociados a personas físicas, conviene verificar si se les exigirán documentos no pertinentes que puedan limitar su participación.
“Documentación legal por presentar para las personas físicas y jurídicas nacionales: … 8. Declaración jurada personas jurídicas simple (RPE-f002). … 10. Copia del Registro Mercantil expedido y sellado por la Cámara de Comercio y Producción c”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La solicitud asigna el programa “Informativo 19” tanto a Telenorte como a Supelsa, en ítems distintos del mismo lote. Las solicitudes anteriores del proceso consignan RD$177,000 para cada uno, pero no acreditan adjudicación; conviene verificar si son espacios distintos o si existe solapamiento en la pauta.
“Publicidad en programa de televisión: ‘’Informativo 19. ´´ … Publicidad en programa de televisión: ‘’Informativo 19. ´´”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Corporación Dominicana de Radio y Televisión, S.R.L.Identificada para dos colocaciones publicitarias; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítems 6 y 17
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Pedro Agustin Castillo VerasIdentificado para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 7
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Juan Francisco Rodríguez UreñaIdentificado para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 8
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Olivencia, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 9
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Grupo F&E, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 10
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Panorámica Con Luciano Aybar, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 11
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Producciones LASO, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 12
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Carlos Santos Manager, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 13
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Emobit Digital, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 14
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Casama Group, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 15
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Supelsa, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 16
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LSV 20, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 18
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NQ Intermedia Dominicana, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 19
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Héctor Balcaer Estevez, S.R.L.Identificado para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 2, ítem 20
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Haciendo Ambiente, S.R.L.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.
Mencionado
Lote 3, ítem 1
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Editorial CM, S.A.S.Identificada para una colocación publicitaria; la solicitud no consigna adjudicación ni estado de evaluación.