El Acta núm. 371/2026, de 2026-09-15, aprobó el informe definitivo de evaluación económica y adjudicó a Cityworks, S.R.L. el servicio de renovación de correo electrónico cloud por RD$33,700,000. El acta registra un solo oferente; el monto adjudicado supera en RD$4,900,000 el estimado de RD$28,800,000 consignado en el pliego y el portal.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$33,700,000, mientras que el presupuesto estimado del pliego y del portal es RD$28,800,000: una diferencia de RD$4,900,000, aproximadamente 17 %. Conviene verificar la justificación económica y la disponibilidad presupuestaria para el monto adjudicado; el documento consigna además que hubo una sola oferta.
“SEGUNDO: ADJUDICAR al oferente CITYWORKS, S.R.L., siendo el monto adjudicado de TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100, RD$33,700,000.00, y por tanto el monto del contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
El acta registra una sola oferta en una licitación pública nacional de servicios no comunes; según el portal, se notificó a 7,060 proveedores. La baja concurrencia merece revisión como indicador de competencia, aunque por sí sola no demuestra una irregularidad.
“referente al proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA EL “SERVICIO DE RENOVACIÓN CORREO ELECTRÓNICO CLOUD”, la cual expresa que participo un (01) oferente, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) identificado c”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona