El estudio previo, fechado el 26 de agosto de 2026, describe la necesidad de contratar servicios de difusión y colocación de campañas institucionales en medios nacionales y regionales. Consigna un costo estimado de RD$80,000,000, mientras que el portal registra para este proceso un monto estimado de RD$5,831,500; la diferencia requiere conciliación con el alcance efectivamente contratado. El documento también califica la contratación como servicios, pero identifica el tipo de contrato como adquisición de bienes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio consigna RD$80,000,000, frente a los RD$5,831,500 estimados en el portal para este proceso y los 25 ítems registrados. Si los montos se refieren al mismo alcance, la diferencia de RD$74,168,500 amerita verificar la estimación, la apropiación presupuestaria y la correspondencia del estudio con la contratación; podría tratarse de una estimación para un alcance más amplio, que habría que aclarar.
“Costo estimado del bien (RD$): RD$ 80,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
El documento describe el objeto y la naturaleza de la contratación como servicios de difusión publicitaria, pero luego clasifica el contrato como adquisición de bienes. Esta inconsistencia puede afectar la identificación del régimen y de los requisitos aplicables; conviene verificar cuál clasificación sustenta el expediente y el proceso.
“Contratación de servicios … Tipo de Contrato: Contrato de adquisición de bienes”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 45 · Ley 47-25, art. 47 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 45 — Contratos de bienes
Artículo 45.- Contratos de bienes. Serán considerados contratos de bienes aquellos que tienen por objeto la adquisición de bienes de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda el de los propios bienes, los que podrán suscribirse, sin ser limitativos, bajo las modalidades siguientes: 1) Entrega definida: Bajo esta modalidad la institución contratante adquiere una cantidad específica, previamente definida, de productos o bienes muebles; y 2) Entrega según demanda: Bajo esta modalidad el proveedor…
Artículo 47.- Contratos de servicios. Serán considerados contratos de servicios aquellos consistentes en la prestación de actividades o serie de actividades como solución de problemas y necesidades de la institución contratante o del interés general, y que van dirigidas a la obtención de un resultado distinto a una obra o contrato de bienes. Párrafo I.- Por la naturaleza de las actividades o serie de actividades prestadas, los contratos de servicios pueden clasificarse bajo forma similar a los contratos de bienes, es decir, servicios comunes y estandarizados o servicios no comunes ni estandarizados. Párrafo II.- Sin importar su naturaleza, los contratos de servicios de prestación sucesiva…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona