El informe de estudios previos, fechado el 2026-09-02, justifica la adquisición de piezas para la flotilla de vehículos y motocicletas de la Policía Nacional y presenta 119 renglones de bienes. Fija un presupuesto referencial de RD$20,422,965.64 y propone una subasta inversa electrónica; describe riesgos de calidad, compatibilidad, entrega y garantía, con controles como catálogos, fichas técnicas, inspección y conduce. No decide una adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe fija un presupuesto de RD$20,422,965.64, mientras el portal registra una oferta pendiente de RD$29,206,298, aproximadamente 43 % por encima. No es una adjudicación y el estimado registrado en el portal difiere del del informe, por lo que corresponde conciliar el alcance y los montos antes de una decisión.
“el presupuesto base o referencial asciende a un monto total de (Veinte millones cuatrocientos veintidós mil novecientos sesenta y cinco con 64/100 (RD$ 20,422,965.64 incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
El informe afirma que existe una amplia oferta y demanda, pero el portal registra una sola oferta —de Romiva, SRL— entre 803 proveedores notificados. Esto merece revisión de la competencia efectiva; el número de notificados no demuestra por sí mismo que todos fueran proveedores idóneos o que hubieran presentado oferta.
“Para los bienes requeridos en esta contratación existe una amplia oferta y demanda en el mercado, contando con una amplia gama de empresas que se dedican a suplir Repuestos para vehículos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona