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Abriendo la ficha…

Enmienda · Acta Adenda/Enmienda No. 1

Adenda Ayuntamiento Higuey-CCC-LPN-2026-0001.pdf

ADQUISICIÓN DE CAMIONES Y CAMIONETAS PARA SER UTILIZADOS EN LA RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS, TRANSPORTE DE MATERIAL Y USO DEPARTAMENTALES. · Ayuntamiento del Municipio de Salvaleón de Higuey.

Publicado el 15 sept de 2026Fechado el 13 sept de 20263 páginasEn el mensaje «Adenda/Enmienda»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Ayuntamiento Higuey-CCC-LPN-2026-0001

Lo que dice

La Adenda/Enmienda No. 1 del 14 de septiembre de 2026 modifica seis disposiciones del pliego del proceso Ayuntamiento Higuey-CCC-LPN-2026-0001. Entre los cambios, permite subsanar el listado de inventario con números de chasis y la autorización del fabricante, precisa la exigencia de dos talleres propios y fija el 5 de octubre de 2026 como fecha para suscribir el contrato. También ordena cargar los formularios y el modelo de contrato en el SECP y publicar allí la circular de respuestas.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda (Adenda/Enmienda No. 1) relaja 2 controles del pliego

Documento del 15 sept 2026 · hace 29 días

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se difiere la verificación de los números de chasis y de las unidades concretas disponibles: ya no se exige para evitar la descalificación en la etapa de oferta, sino antes de firmar o al entregar.; Se debilita la exigencia de aportar la autorización del fabricante en la presentación inicial de la oferta; el documento no precisa en qué momento debe quedar subsanada..

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones

Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Exigencia de talleres propios con capacidad elevada y ubicación local

Documento del 15 sept 2026 · hace 29 días

La enmienda exige dos talleres propios en demarcaciones específicas, cada uno con un mínimo de 20 bahías con elevadores. Esa capacidad e infraestructura territorial puede limitar la concurrencia para la adquisición de vehículos; conviene verificar su proporcionalidad con el objeto y cuántos proveedores pueden cumplirla.

“El oferente deberá contar con un mínimo de dos (2) talleres propios operativos, así: al menos uno (1) ubicado dentro de los límites territoriales del municipio de Higüey, y al menos uno (1) adicional ubicado dentro de los límites de la prov”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Umbral del 20% referido al valor referencial sin definición suficiente

Documento del 15 sept 2026 · hace 29 días

La enmienda establece que el valor referencial «no sea menor al 20%», pero no identifica en este texto cuál es la magnitud sometida al porcentaje ni cómo se calcula. Al incidir en una regla económica del pliego, la falta de precisión merece revisión para comprobar que los oferentes puedan conocer y aplicar el mismo criterio.

“las modificaciones al numeral 11.2, literal a, página 11, del pliego de condiciones, sobre el uso del valor referencial, para que este no sea menor al 20%”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Cambios que introduce (6)

SecciónAntesDespuésEfecto
Pliego, numeral 2, Lote 2, páginas 3-5Talleres propios y capacidad operativaLa agenda identifica el requisito como talleres propios cercanos a la alcaldía; el texto anterior completo no se reproduce.Exige dos talleres propios operativos: uno en el municipio de Higüey y otro en la provincia La Altagracia, cada uno con al menos 20 bahías con elevadores.Endurece
Pliego, página 5Listado de inventario con números de chasisLa ausencia del listado de inventario con números de chasis podía dar lugar a la descalificación en la etapa de oferta.El listado pasa a ser subsanable y puede requerirse antes de la firma del contrato o al entregar; su ausencia en la oferta no descalifica. La carta de disponibilidad mantiene el compromiso de entrega en cinco días hábiles.RelajaQuita un control: Se difiere la verificación de los números de chasis y de las unidades concretas disponibles: ya no se exige para evitar la descalificación en la etapa de oferta, sino antes de firmar o al entregar.
Pliego, numeral 11.1.2, página 10, requisito 4Autorización del fabricanteEl texto anterior del requisito no se reproduce; la adenda identifica la autorización del fabricante como requisito.La autorización del fabricante pasa a ser subsanable.RelajaQuita un control: Se debilita la exigencia de aportar la autorización del fabricante en la presentación inicial de la oferta; el documento no precisa en qué momento debe quedar subsanada.
Pliego, numeral 11.2, literal a, página 11Uso del valor referencialEl texto anterior no se reproduce; la adenda indica que modifica la regla sobre el uso del valor referencial.La disposición se modifica para que el valor referencial «no sea menor al 20%»; no se especifica en esta adenda a qué magnitud o cálculo se aplica ese porcentaje.Endurece
Pliego, numeral 11.2, literal a, página 12Vigencia de la garantía de seriedad y mantenimiento de la ofertaLa vigencia anterior no se transcribe.La garantía debe tener fechas exactas y no exceder la fecha prevista para la suscripción del contrato: 05/10/2026 a las 12:15.Aclara
Pliego, numeral 1, página 22Plazo para suscribir el contratoEl plazo anterior no se transcribe.Se fija la suscripción para el 05/10/2026 a las 12:15, fecha indicada en el cronograma.

Otros documentos del proceso (18)

  • 1- Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 12 ago de 2026 · 1 señal
  • 1- Solicitud de Contratacion.pdfSolicitud de compra · 12 ago de 2026 · 2 señales
  • 2- Certificacion de Fondos.pdfCertificación de fondos · 12 ago de 2026
  • 3-Pliego de Condiciones.pdfPliego · 12 ago de 2026 · 5 señales
  • 4- Acta de Inicio de Procedimiento.pdfPliego · 12 ago de 2026 · 2 señales
  • 4- Acta de Inicio de Procedimiento.pdfInforme pericial · 12 ago de 2026
  • Carta de consultas por AUTOCAMIONES.pdfDocumento · 13 ago de 2026
  • MODIFICACION Ayuntamiento Higuey-CCC-LPN-2026-0001.pdfDocumento · 26 ago de 2026
  • Circular de respuestas Oferentes.pdfCircular · 15 sept de 2026 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 16 sept de 2026
  • contrato-ejecucion-de-bienes (1).docxContrato · 16 sept de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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Aclara
SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 16 sept de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 16 sept de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 16 sept de 2026
  • 12- Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 6 oct de 2026 · 2 señales
  • 12- Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 6 oct de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —
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