El acta no consigna los perfiles profesionales de los peritos
· hace 1 mes
La tabla identifica a cada persona por la función pericial asignada, pero no indica su cargo o perfil profesional. Esto limita la verificación, a partir del acto de designación, de que sus competencias correspondan a las funciones asignadas.
“NOMBRE CÉDULA PROFESIÓN/CARGO Nayeli De la Rosa [cédula] Perito Técnica Lizneida Catalino [cédula] Perito Legal Robert Garcia [cédula] Perito Financiero”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
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