El Acta núm. 355/2026, de 2026-09-08, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica los lotes 1, 4, 5, 7, 9, 11 y 13 a Progescon; 6, 8 y 10 a Perfect Pest Control; 2 y 3 a Ecofumigadora EGA; y 12 y 14 a Grupo Disla Cabrera. El total adjudicado consignado es RD$15,906,500.87, impuestos incluidos. El acta también acepta como justificadas las ofertas de Progescon y Ecofumigadora que inicialmente se consideraron presuntamente temerarias por ofertar más de 15% por debajo del presupuesto de ciertos lotes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta justifica la adjudicación de más de dos lotes a Progescon alegando que para el lote 11 no había otros oferentes técnicamente habilitados. Sin embargo, Pinser figura habilitada en la evaluación técnica y su oferta para el lote 11 aparece en la evaluación económica; Progescon recibió ese lote y siete en total, por encima del límite ordinario del pliego. La contradicción afecta la justificación consignada para la distribución y merece revisión.
““Cumple” “Cumple” “Cumple” “Habilitar” … “Lote 11” … “1,576,480.00” … “no existían oferentes distintos a PROGESCON, S.R.L. y GRUPO DISLA CABRERA, S.R.L. que hubiesen presentado ofertas técnicamente habilitadas””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego citado en el acta fija un máximo ordinario de dos lotes por oferente y admite excepciones bajo circunstancias determinadas. La adjudicación asigna a Perfect Pest Control los lotes 6, 8 y 10, pero la motivación sobre la aplicación de la excepción se centra en la distribución a Progescon y no identifica de manera concreta por qué se excede el límite para Perfect Pest Control.
““ningún oferente podrá resultar adjudicatario de más de dos (2) lotes” … LOTES 6, 8 Y 10: al oferente PERFECT PEST CONTROL, S.R.L., por la suma total de CUATRO MILLONES CIENTO DOCE MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS PESOS DOMINICANOS CON 47/100 (RD”
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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
En el cuadro de ofertas del acta, el lote 14 de Grupo Disla Cabrera consigna precio unitario de RD$1,188,375.00 e ITBIS de RD$213,907.50, cuya suma es RD$1,402,282.50, pero el total registrado es RD$1,402,907.50 (diferencia de RD$625.00). El monto adjudicado de los lotes 12 y 14 (RD$2,802,977.50) incorpora el total del cuadro, mientras el contrato del lote 14 en el portal (RD$1,402,283) coincide con la suma aritmética, dejando un descuadre de RD$625 entre acta y contrato.
“Lote 14 1 1,188,375.00 213,907.50 1,402,907.50 1,402,907.50 … LOTES 12 Y 14: al oferente GRUPO DISLA CABRERA, S.R.L., por la suma total de DOS MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL CIENTO NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS DOMINICANOS CON 50/100 (RD$”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 122 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 122 — Correcciones aritméticas y materiales
Artículo 122.- Correcciones aritméticas y materiales. La corrección de errores aritméticos o materiales puede ser aplicada por los peritos cumpliendo con los siguientes criterios: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, debe prevalecer la cantidad parcial y el total debe ser corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, debe procederse de igual manera, esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalece el monto expresado en letras. 4. Debe prevalecer la propuesta escrita, en cuyo caso debe…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Ecofumigadora EGA, S.R.L.Habilitada; adjudicados los lotes 2 y 3. Sus ofertas por debajo del umbral de 85% del presupuesto referencial fueron justificadas y aceptadas.
Adjudicado
Lotes 2 y 3
RD$2,111,865
VJ Agro, S.R.L.No cumplió el índice de liquidez luego de la subsanación.
Sermateci, S.R.L.Descalificada por incluir la oferta económica dentro del Sobre A.
Descalificado
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Dita Services, S.R.L.No subsanó el registro de los rubros requeridos en el RPE; además, no cumplió el índice de endeudamiento y no presentó la certificación de recepción conforme exigida para trabajos previos en ETED.
Salpelara, S.R.L.No subsanó las referencias bancarias; no cumplió el índice de solvencia y la certificación de seguridad y salud estaba emitida a favor de una persona sin relación con la empresa. También quedaron documentos técnicos sin subsanar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Constructora Capcon, S.R.L.No subsanó varios documentos requeridos, entre ellos el compromiso ético, la debida diligencia, las referencias bancarias y documentos técnicos; además, no presentó documentos no subsanables requeridos.
Progescon, S.R.L.Habilitada; adjudicados los lotes 1, 4, 5, 7, 9, 11 y 13. Sus ofertas por debajo del umbral de 85% del presupuesto referencial fueron justificadas y aceptadas.
Adjudicado
Lotes 1, 4, 5, 7, 9, 11 y 13
RD$6,878,932
Certificación de fondos · 14 may de 2026 · 1 señal