El Acta núm. 431-2026, emitida el 8 de septiembre de 2026, inicia el proceso para renovar por 12 meses los servicios de procesamiento y gestión de datos en Microsoft Azure, con un monto estimado de RD$5,920,402.77. Aprueba la selección directa por proveedor único y las especificaciones técnicas, e instruye preparar la convocatoria para su publicación institucional.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según el cronograma del portal y la solicitud de propuesta del proceso, la convocatoria se publicó el 11/09/2026 y las ofertas cerraron el 14/09/2026 a las 08:30, con solo un día hábil entre ambas fechas. El Reglamento exige al menos tres días hábiles para excepciones, salvo emergencia, seguridad nacional, urgencia o compras en condiciones excepcionalmente favorables; el acta aprueba proveedor único, sin consignar una de esas excepciones al plazo.
“PRIMERO: APROBAR como al efecto APRUEBA, el Procedimiento de Excepción de Selección Directa por Proveedor Único para la Renovación de los servicios de procesamiento y gestión de datos en la nube Microsoft Azure.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se prescinde de la comparación competitiva ordinaria de ofertas..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona