El pliego final establece la compra e instalación de tres estaciones meteorológicas automáticas, con valor referencial de RD$5,250,000.00, para tres localidades de Pedernales. La convocatoria figura en el portal el 10/09/2026; el documento fija recepción de ofertas hasta el 21/09/2026, mientras el portal indica cierre el 22/09/2026. El pliego también contiene reglas de plazo contractual y referencias a otro objeto y a artículos que no corresponden a la regla citada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego condiciona la subcontratación a que las personas propuestas no estén incursas en las inhabilidades del artículo 15 de la Ley 47-25, que regula inhabilidades del director de la DGCP, no las de proveedores. La regla puede dejar impreciso qué verificación de inhabilidades corresponde aplicar a los subcontratistas.
“el oferente será solidariamente responsable de todos los actos, comisiones, defectos, negligencias, descuidos o incumplimientos de los subcontratistas, de sus empleados o trabajadores.” (pág. 31)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Reglamento 52-26, art. 195 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Reglamento 52-26, artículo 195 — Condiciones adicionales para la cesión de contratos y la subcontratación
Artículo 195.- Condiciones adicionales para la cesión de contratos y la subcontratación. En adición a las condiciones previstas en la Ley núm. 47-25, la cesión de contratos y la subcontratación solo procede cuando el cesionario o subcontratista, según corresponda, se encuentre inscrito en el Registro de Proveedor del Estado y no se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades previstas con relación a la contratación en cuestión.
La sección de recepción y apertura denomina el proceso como adquisición de tiques de combustible, mientras el objeto del pliego es el suministro e instalación de estaciones meteorológicas. La discrepancia en un apartado operativo del mismo número de referencia puede generar incertidumbre sobre las bases aplicables.
“este procedimiento Contratación Simplificada referente a la “Adquisición de tiques de combustible prepagados para las operaciones del Campamento de Trabajo del Proyecto Tierras Raras y oficinas administrativas de EMIDOM” con el número de Re” (pág. 23)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego establece un máximo de veinte días hábiles desde la notificación de adjudicación, aunque la Ley fija un máximo de diez. La diferencia puede prolongar el tiempo hasta la formalización del contrato.
“El contrato entre Empresa Minera Dominicana, EMIDOM, S.A. y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego … el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles” (pág. 28)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Con convocatoria el 10/09/2026, el pliego permite recibir ofertas hasta el 21/09/2026, lo que deja siete días hábiles posteriores a la publicación; incluso tomando el cierre del portal del 22/09, serían ocho. Para bienes no comunes ni estandarizados, la Ley fija un mínimo de diez días hábiles en contratación simplificada.
“Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el 21 de septiembre del 2026” (pág. 23)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
El documento indica que el contrato se perfecciona después de su publicación y registro en la Contraloría. La Ley establece que el perfeccionamiento ocurre con la formalización, por lo que el pliego describe un momento distinto para determinarlo.
“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP y en el portal institucional de Empresa Minera Dominicana, EMIDOM, S.A., en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, en el caso d” (pág. 29)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona