El acta, fechada el 2026-09-08, recomienda seleccionar a seis proveedores para la compra de tickets de combustible, por montos que suman RD$2,010,000, igual al monto estimado del proceso. Aunque el portal describe la compra como correspondiente al tercer trimestre, el acta la identifica repetidamente como del segundo trimestre.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (17 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta recomienda seleccionar a los seis oferentes, pero el portal registra que no hubo ofertas aceptadas y clasifica a esos mismos proveedores como no aceptados; a la vez, el portal muestra contratos activos para los seis. La diferencia puede deberse a un estado de registro o actualización, pero conviene verificar la trazabilidad de la evaluación y la adjudicación en el sistema.
“DECIDIMOS RECOMENDAR, ESCOGER LAS OF'ERTAS DE COMPRAS DE:” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 47 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
El acta recomienda RD$800,000 a G G Combustibles, el 39.8 % del total recomendado. Según el historial aportado para los 24 meses previos, la empresa ya había recibido seis contratos de esta institución por RD$6,300,000; es un dato de concentración que amerita revisión, sin que por sí solo indique irregularidad.
“3. G G COMBUSTIBLE, SRL RNC:13L328792, pOR UN MONTO DE RD$800,OOO.OO (OCHOCTENTOS MrL PESOS CON OO/ 100).” (pág. 2)
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona