El Acta de la Reunión Ordinaria núm. 046, de fecha 2026-08-18, aprueba el informe económico y adjudica el ítem 1 (gasoil óptimo) a Sigma Petroleum Corp, S.A.S., por RD$60,000,000, y el ítem 2 (gasolina) a Estación de Servicio Coral, S.R.L., por RD$20,000,000. La decisión atribuye las adjudicaciones a los mayores descuentos por galón: RD$20 para el gasoil a granel y RD$8 para los tickets de gasolina. Diesel Extremo quedó habilitado únicamente para el ítem 1; JG Diesel no fue habilitado y Sigma no fue habilitada para el ítem 2.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica el criterio económico como «mayor puntaje por galón», pero justifica las adjudicaciones por el «mayor descuento por galón» y consigna descuentos expresados en pesos. La diferencia de formulación merece comprobarse frente a la regla y cálculo de evaluación aplicados en la enmienda y en el informe económico, pues la decisión adjudica los dos ítems con base en ese criterio.
“En el pliego de condiciones del procedimiento de Licitación Pública Nacional … para la Contratación de una compañía que se encargue de suplir los combustibles, gasoil óptimo y gasolina, a ser utilizados en las operaciones concernientes al”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Oferentes que registra (7)
3 no habilitado · 2 habilitado · 2 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Diesel Extremo, SRLCumplió los requisitos técnicos para el ítem 1; no fue habilitado para el ítem 2 porque no presentó estaciones de combustible en las zonas requeridas.
Habilitado
Ítem 1: gasoil óptimo
RD$60,000,000
Diesel Extremo, SRLNo presentó estaciones de combustible en las zonas requeridas para el ítem 2.
No habilitado
Ítem 2: gasolina
—
Estación de Servicio Coral, SRLEl acta indica que cumplió los requisitos técnicos para los ítems 1 y 2; no resultó adjudicataria del ítem 1.
Habilitado
Ítem 1: gasoil óptimo
RD$60,000,000
Estación de Servicio Coral, SRLAdjudicada por ofrecer el mayor descuento por galón en los tickets de combustible, equivalente a RD$8.
Adjudicado
Ítem 2: gasolina
RD$20,000,000
JG Diesel, SRLNo presentó portafolio, listado y fotografías de estaciones ni matrículas de camiones y capacidad de abastecimiento indicadas; el acta concluye que no cumplió los requisitos técnicos.
Sigma Petroleum Corp, S.A.S.No presentó estaciones de combustibles en las provincias requeridas y sus certificaciones de Industria y Comercio para almacenamiento y transporte estaban vencidas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La evaluación dejó habilitada a Coral para el ítem 2 y no habilitó para ese ítem a Diesel Extremo ni a Sigma; JG Diesel tampoco fue habilitada. Coral recibió la adjudicación de RD$20,000,000, por lo que no hubo competencia económica entre varias ofertas habilitadas para este ítem; conviene revisar el efecto práctico de los requisitos territoriales aplicados, ya identificados en otros documentos del proceso.
“El oferente Estación de Servicio Coral, SRL. cumple con los ítems 1 y 2, debido a que cumple en su totalidad con los requerimientos técnicos establecidos en el Pliego de Condiciones, así como en la Enmienda 1 de fecha 23 de junio de 2026, p”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…