La ficha técnica CI-DGM-2026-000648 identifica 25 proveedores, medios o espacios publicitarios y montos para el proceso DPP-CCC-PEPB-2026-0036. Los valores suman RD$19,261,400, igual al estimado del portal y al total adjudicado que consta en el acta anterior; la ficha no indica una fecha propia de emisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los ítems 6 y 8 consignan los mismos cuatro sitios, tamaño (300x250) y ubicación lateral frontal, pero asignan RD$177,000 y RD$2,360,000, respectivamente: una diferencia de RD$2,183,000. La ficha no distingue cantidades, frecuencia ni otra prestación entre ambos paquetes; conviene verificar si corresponden a inventario y entregables independientes.
“Periódicos digitales a través de banner en: cachicha.com / diariotumanana.com … infofamoso.com / cachichanews.com banners … de 300x250 px Lateral frontal … 177,000.00 … 2,360,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
La ficha vincula a personas físicas con publicidad en programas de radio o televisión y en sitios web. El reglamento establece que la contratación directa de publicidad debe formalizarse con el medio o plataforma titular; la ficha no permite determinar si cada proveedor es titular del espacio o actúa por cuenta de otro, por lo que corresponde verificar esa relación.
“Programa de radio: Acontecer 2000. Se 1 Luis Rafael Gutiérrez transmite los domingos de 12:00 p.m. a Pantaleón … Programa de televisión: Propuesta Social & Política. Se transmite los miércoles y viernes José Elías Tineo de 1:00 p.m. a”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 167 — Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital
Artículo 167.- Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital. La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, programa o canal de difusión (prensa, radio, televisión, sitio web, red social, plataforma de streaming, entre otros). 2. Que el medio o la plataforma esté legalmente constituido y registrado ante la autoridad competente, cuando corresponda. 3. Que no exista intermediación comercial, agencias o representantes que…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona