El Comité aprobó por unanimidad, mediante el Acta de Reunión Extraordinaria núm. 002-2026 del 31 de agosto de 2026, la contratación por urgencia del suministro e instalación de aires acondicionados y cortinas de aire, con un presupuesto referencial de RD$13,000,000. Aprobó el pliego, designó peritos y ordenó abrir y publicar el procedimiento, indicando entre sus condiciones una eficiencia mínima de 10 SEER, entrega inmediata y garantía mínima de un año.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta refiere un informe técnico depositado el 27 de julio y una solicitud de urgencia del 28 de agosto; el portal registra la convocatoria el 7 de septiembre. La secuencia amerita verificar cuándo surgió la necesidad inmediata y cómo se mantuvo, aunque el documento también consigna fallas definitivas y reparaciones previas; no permite concluir por sí sola que hubo dilación administrativa.
“Que el objeto de la presente contratación está sustentado en el Informe Técnico justificativo, depositado por la Ing. Adalgisa Muñoz, Encargada del Departamento de Servicios Generales, en fecha 27 de julio de 2026… VISTO: El requerimiento f”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia
Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…
El acta ordena aplicar sobre los RD$13,000,000 del proceso la reserva del 30%, desglosada entre MIPYMES generales y lideradas por mujeres, mientras el proceso consta como dirigido a MIPYMES y no dividido en lotes. Conviene verificar cómo se instrumentaría ese desglose y su relación con la reserva institucional, que la ley establece al formular el presupuesto de contrataciones.
“PÁRRAFO II: De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25 y el Decreto núm. 52-26, la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones (UOCP) procederá a aplicar sobre este presupuesto aprobado la reserva legal del treinta por ciento (”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona