El informe, fechado en el contexto de una sesión del 1 de septiembre de 2026, recomienda adjudicar 42 ítems a 11 oferentes por un total calculado de RD$86,659,211.64, con ITBIS incluido; propone no adjudicar a OFICCLIN COMERCIAL, TERLINI DOMINICANA y SANTOS Y ORTIZ GROUP. El documento también consigna que la apertura de las ofertas económicas ocurrió el 25 de septiembre de 2026, fecha posterior a la sesión de evaluación indicada, y justifica adjudicaciones con mejor relación calidad-precio pese a que el pliego citado en el expediente también establece el menor precio como criterio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe sitúa la sesión de evaluación el 1 de septiembre y afirma que la apertura de las ofertas económicas ocurrió el 25 de septiembre. Según la propia secuencia consignada, la evaluación y recomendación precederían a la apertura; podría tratarse de un error de fecha, pero debe verificarse contra las actas y registros del sistema.
““siendo las 10:30 horas del día primero (1) del mes de Septiembre del año 2026, se dio inicio a la sección de trabajo para la evaluación y calificación de la Oferta Económica” … “Que en fecha veinticinco (25) del mes de septiembre del año 2”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Ley 47-25, art. 122 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Artículo 122.- Fases de evaluación. La evaluación de propuestas se realizará en las siguientes fases: 1) Fase de evaluación de la oferta técnica: En la cual se verificará el cumplimiento de los requisitos de calificación y de los requisitos o puntajes mínimos establecidos con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a los fines de ser habilitado a la apertura de la oferta económica; 2) Fase de evaluación de la oferta económica: En la cual se ponderarán las ofertas económicas de acuerdo con los criterios de evaluación previstos; y 3) Fase de adjudicación: En la cual se decidirá cuál es la propuesta más conveniente de los oferentes que resultaron habilitados luego de la fase…
El informe justifica que ofertas de mayor monto resultaron adjudicatarias por obtener mejor valoración de calidad. El pasaje del pliego aportado en el expediente establece también la adjudicación por menor precio, además de mencionar calidad-precio; corresponde comprobar qué criterio y ponderaciones aprobados se aplicaron a los ítems adjudicados.
““Como resultado de dicha evaluación, los oferentes adjudicatario, cuya propuesta asciende a un monto mayor, obtuvieron una valoración de Calidad final de mejor, superior a los oferentes que presentaron sus ofertas de menor precio.””
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Construcciones y Terminaciones del Caribe COTERCA, SRLEl informe recomienda adjudicar 13 ítems por RD$20,294,820.61; oferta económica consignada de RD$53,833,455.63.
Mencionado
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RD$53,833,456
Cajufa, SRLEl informe recomienda adjudicar 1 ítem por RD$631,565.50; oferta económica consignada de RD$26,076,375.41.
Mencionado
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RD$26,076,375
Clinimed, SRLEl informe recomienda adjudicar 2 ítems por RD$19,803,822.00; oferta económica consignada de RD$25,254,065.00.
Mencionado
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RD$25,254,065
Oficclin Comercial, SRLEl informe indica que no fue adjudicada; en la evaluación económica la considera conforme con el pliego.
Habilitado
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RD$29,189,347
Farnasa, SRLEl informe recomienda adjudicar 2 ítems por RD$3,647,180.00; oferta económica consignada de RD$33,721,811.94.
Mencionado
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RD$33,721,812
Santos y Ortiz Group, SRLEl informe indica que no fue adjudicada; en la evaluación económica la considera conforme con el pliego.
Habilitado
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RD$7,607,826
Eocala Comercial, SRLEl informe recomienda adjudicar 3 ítems por RD$10,623,304.00; oferta económica consignada de RD$34,284,782.00.
Mencionado
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RD$34,284,782
Servicios para Clínicas y Hospitales, SRLEl informe recomienda adjudicar 9 ítems por RD$4,202,862.64; oferta económica consignada de RD$35,704,629.39.
Mencionado
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RD$35,704,629
Quirófanos, L.Q., SRLEl informe recomienda adjudicar 1 ítem por RD$257,712.00; oferta económica consignada de RD$16,344,793.35.
Mencionado
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RD$16,344,793
Terlini Dominicana, SRLEl informe indica que no fue adjudicada; en la evaluación económica la considera conforme con el pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…